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596757 NORMAS LEGALES Sábado 13 de agosto de 2016 El Peruano / Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1082-MML, publicada en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 18 de octubre de 2007, tal como se detalla a continuación: - Modi fi car la cali fi cación de Vivienda Taller - VT a Comercio Zonal – CZ, solicitado por la señora Elizabeth Asunciona Jiménez Romero, representante del “Centro Social San Joaquín”; en la Mz.R de la Urbanización La Viña con frente a la Av. Circunvalación, haciéndolo extensivo hasta la Av. Del Aire en el Distrito de San Luis, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zoni fi cación, que a continuación se indica, manteniendo la vigencia del plano de zonifi cación de los usos del suelo correspondiente al Distrito de San Luis, aprobado por Ordenanza N° 1082-MML, publicada el 18 de octubre de 2007 y modi fi catorias: N° EXP. N° SOLICITANTE UBICACIÓN 1 56428-2015Marcial Leyva RojasPredio ubicado en Jr. Cabo Yen Escobedo Garro Mz. “E1”, Lote 31, Urb. La Viña II Etapa. 2 56424-2015Asociación Servicios Multiples 1° de Mayo Predio ubicado en el Jr. Río Piura N° 383 Mz. “C” Lotes 40, 41 y 42 Urb. Las Moras. Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del Distrito de San Luis, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio indicado en el Artículo Segundo lo dispuesto por la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Publicar en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima el Anexo N° 1, que forma parte de la presente ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.Lima, 9 de agosto de 2016LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1415187-1 Ordenanza que declara desfavorable las peticiones de cambio de zonificación del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA N°1977 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de agosto de 2016 el Dictamen N° 42-2016-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; y de conformidad con el Artículo 23° de la Ordenanza N° 1617; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DESFAVORABLE LAS PETICIONES DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zoni fi cación del Distrito de Punta Hermosa, que a continuación se indica: Nº SOLICITANTE UBICACIÓNPETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN 1INMOBILIARIA MARATÓN DE PERÚ S.A.C. E INVERSIONES ALTAMAR S.A.C.Predio ubicado en el Lote 55, Lote 202 y parte de la parcela 2 del Distrito de Punta HermosaSIN ZONIFICACIÓN A ZRE y ZHR 2INMOBILIARIA MARATÓN DE PERÚ S.A.C.Predio ubicado en parte de las Parcelas 2, 4 y 5, así como, de la Parcela Colina en el Distrito de Punta HermosaDE PTP, ZHR Y ZRP A RDM Y CZ 3ALQUIFE LURÍN S.A.C.Predio ubicado en la Sección N° 01 y Sección 2-1 de la zona rústica Grupo F lotes 12, 16, 19, 23, 27, 31, 35-A, 35-B, del Distrito de Punta Hermosa.DE OU Y SIN ZONIFICACIÓN A CZ Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el Artículo Primero lo dispuesto por la presente ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.Lima, 9 de agosto de 2016LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1415188-1 Ratifican la Ordenanza N° 0354-2016-MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo ACUERDO DE CONCEJO Nº 205 Lima, 7 de julio de 2016Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de julio de 2016, el O fi cio Nº 001-090-00008301 del SAT, de fecha 01 de julio de 2016, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 0354-2016-MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo , que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la citada municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, modi fi cada por la Ordenanza N° 1833 publicada el 19 de diciembre del año 2014, la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos que lo sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000359, según el cual se pronunció favorablemente sólo respecto a 92 derechos de trámite relacionados a 88 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que se encuentran listados en el Anexo A del referido Informe, cuyos costos han sido sustentados, no encontrándose incluidos en dicho Anexo 53 trámites correspondientes a 82 derechos de trámite, relacionados