Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 28 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

608599

manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, transparente en su gestión, entre otros; Que, por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que tiene el objetivo general de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública por resultados, que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; y considera entre otros principios orientadores de la gestión pública, la "Orientación al Ciudadano"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 048-2013PCM se aprueba el "Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016", que tiene como objetivo general mejorar la calidad, la eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 125-2013-PCM se aprueba el "Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016", el cual establece las acciones, indicadores, metas, plazos y entidades responsables de liderar la implementación de los objetivos y lineamientos de la referida política; Que, por Resolución Ministerial Nº 186-2015PCM se aprueba el "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía", siendo de alcance nacional y con el objeto de brindar criterios y lineamientos de obligatorio cumplimiento para las entidades de la administración pública; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2015-PCM-SGP, se aprueban los lineamientos para el proceso de implementación progresiva del "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía", en las entidades de la administración pública, el cual establece los mecanismos, condiciones y plazos para garantizar la implementación anual y de forma progresiva del mencionado Manual; Que, en ese contexto, mediante Oficio Múltiple Nº 061-2016-PCM/SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros comunicó las acciones para la elaboración, validación y aprobación del Plan para Mejorar la calidad de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, precisando que dicho plan se aprueba mediante norma emitida por la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, en este sentido, mediante Oficio N°11072016-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe Técnico N° 094-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización, presenta la propuesta del Plan para Mejorar la Calidad de Atención a la Ciudadanía, el mismo que ha sido validado por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que en atención a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto de administración interna que apruebe el "Plan para Mejorar la Calidad de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", en aplicación de lo dispuesto en el Oficio Múltiple N° 0612016-PCM/SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan para Mejorar la Calidad de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGER SICCHA MARTÍNEZ Secretario General 1467821-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2016-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre de 2016 Visto, el Memorando N° 2418-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministerios de Estado, la función de dirigir el proceso de Planeamiento Estratégico, en el marco del Sistema de Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la entidad es responsable de lograr que los objetivos y las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se reflejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo; Que, el artículo 71 numeral 71.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD, aprueba la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico" la misma que señala que el proceso de planeamiento estratégico consta de cuatro fases, una de las cuales es la Fase Institucional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 010-2016-CEPLAN/PDC, se aprueba la "Guía Metodológica de la Fase Institucional", con la finalidad de orientar el desarrollo de esta fase que será implementada por todas las entidades públicas en sus procesos de planeamiento estratégico; Que, mediante Ley Nº 30518, publicada con fecha 02 de diciembre de 2016, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y mediante

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.