Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 28 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, con Convenio N° 1432-2016-VIVIENDA/ VMCS/PNSU, del 6 de diciembre de 2016, se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. - EMAPAVIGS S.A.C., cuyo objeto es establecer lineamientos y compromisos de las partes para la transferencia financiera de recursos del mencionado Ministerio a favor de EMAPAVIGS S.A.C., hasta por la suma de S/ 238 307,00, para la ejecución de los servicios de consultoría (consultoría de inversión) del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y la KfW; Que, mediante Memorándum Nº 1466-2016-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice la transferencia de recursos a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y de EMAPAVIGS S.A.C., por la suma de S/ 539 886,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el cofinanciamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones CES Consulting Engineers Salzgitter GMBH ­ Sucursal Perú, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del PMRI II; señalándose que será atendida con cargo a los recursos previstos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Programa Presupuestal 082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano; Que, con Memorándum Nº 2400-2016/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe N° 554-2016/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, señalando que es procedente realizar la transferencia presupuestaria solicitada; en ese sentido, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y de EMAPAVIGS S.A.C., hasta por la suma de S/ 539 886,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al cofinanciamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, en el marco de la implementación del PMRI II; precisando, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; para lo cual, se han suscrito los Convenios N° 1431 y 14322016/VIVIENDA/VMCS/PNSU; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de EPS SEMAPACH S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 301 579,00 (TRESCIENTOS UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. - EPS SEMAPACH S.A., destinada al cofinanciamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del Programa de Medidas de Rápido Impacto II. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de EMAPAVIGS S.A.C. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 238 307,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. - EMAPAVIGS S.A.C., destinada al cofinanciamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del Programa de Medidas de Rápido Impacto II. Artículo 3.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2016, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias autorizadas por artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 6.- Información Las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento informan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 5 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1467637-1

Aceptan renuncia de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2016-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 326-2016-VIVIENDA, se designó al señor Jorge José López de Castilla Bado, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

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