Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones, el normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación entre otros, el Plan Operativo Institucional; y, el proponer a la Alta Dirección la aprobación, entre otros, de los planes de Ministerio en el marco de la normatividad vigente; Que, mediante Memorando N° 2418-2016/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite el Informe N° 222-2016-VIVIENDAOGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, donde se establece la pertinencia de aprobar el Plan Operativo Institucional 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que adjunta, de acuerdo al Presupuesto Institucional asignado al Ministerio a través de la Ley N° 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017; y, se recomienda la prosecución del trámite correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El Plan Operativo Institucional 2017, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 3.- Los Órganos y Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deben remitir a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el informe de seguimiento y evaluación trimestral y semestral respectivamente, de la ejecución de las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2017, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes finalizado cada trimestre del año 2017. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) conjuntamente con el Plan Operativo Institucional 2017 que se aprueba por el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1467867-1

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante la Resolución Ministerial Nº 344-2015-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 4 760 180 049,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/ Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Memorándum Nº 2245-2016-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción de la Quinta Adenda al Convenio Nº 049-2016-VIVIENDA para la ejecución del Bono Familiar Habitacional, por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 90 267 660,00 (Noventa millones doscientos sesenta y siete mil seiscientos sesenta y 00/100 Soles), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30372; Que, con Memorando Nº 2425-2016/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, haciendo suyo el Informe N° 564-2016/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 90 267 660,00 (Noventa millones doscientos sesenta y siete mil seiscientos sesenta y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional, en sus tres modalidades de ejecución, para lo cual, se ha suscrito la Quinta Adenda al Convenio Nº 049-2016-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30372, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 90 267 660,00 (Noventa millones doscientos sesenta y siete mil seiscientos sesenta y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinadas al financiamiento del Bono Familiar Habitacional, en sus tres modalidades de ejecución;

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional, en sus tres modalidades de ejecución
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2016-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2016

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