Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 173

El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Distrital de El Agustino aprobado mediante la Ordenanza N° 496 y Ordenanza N° 609 conforme el Anexo N°01 adjunto y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ANULAR los siguientes procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - Ord. N° 496 - Solicitud de Declaración de Predio Tugurizado - Renovación del certificado de seguridad en defensa civil ex post hasta 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor a 30% del área total del local - Renovación del certificado de seguridad en defensa civil ex ante mayor a 100 m2 y hasta 500 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor a 30% del área total del local. - Autorización temporal para uso de retiro municipal con fines comerciales para establecimientos con licencia de funcionamiento. - Exhorto en procedimientos de Ejecución Coactiva solicitado por Municipalidades no comprendidas en la Provincia de Lima. Artículo Tercero.- Asimismo tener en cuenta lo señalado en la reciente publicación del Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y el Decreto Legislativo N° 1272, que modifica la Ley N° 27444 y Deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, y demás áreas administrativas el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCÁRGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Secretaría General disponer las acciones para su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Unidad de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob. pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1467957-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Aprueban actualización del TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 256-2016/MLV La Victoria, 27 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de la fecha, VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 009-2016-CPPALCAFSFC/MDLV de 23 de diciembre de 2016 de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, recomendando al Concejo Municipal aprobar la modificación del Texto único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194 y modificatorias de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, los

gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200 numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 36.1 del Artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, en el caso de gobiernos locales, se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatorias, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, el cual tiene por objetivos: a) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; b) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; c) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; d) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; e) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y f) Prevenir riesgos de desastres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 25 de diciembre de 2015, se resuelve aprobar los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0882015-PCM publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 02 de abril de 2015, se aprobó el TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales; Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, norma que establece la regulación jurídica, entre otros, de los procedimientos administrativos destinados a la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación, ha sido objeto de diversas modificaciones, siendo la última la dispuesta mediante Ley Nº 30494 publicada el 02 de Agosto del año en curso en el Diario Oficial El Peruano, lo cual determina la necesidad de adaptar los procedimientos del TUPA al nuevo marco legal vigente; Que, mediante Ordenanza Nº 082-2009-MLV de 26 de junio de 2009, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de La Victoria, el mismo que fue ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 335, publicado el 27 de Setiembre de 2009; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 277 de 15 de octubre de 2015, el Concejo de La Municipalidad Metropolitana de Lima ratifica treinta (30) derechos de trámite con treinta (30) procedimientos administrativos que forman parte del presente acuerdo y aprobados con Ordenanza Nº 222-2015/MDLV por la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante Memorándum Nº 078-2016-SGPDOSGCPE/MLV y Memorándum Nº 079-2016-SGPDOGPP/MLV Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional remitió a Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial y a Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano respectivamente, la propuesta del Anexo TUPA de cada área a fin de que sea revisada y realicen aportes según sus funciones y competencias; Que, mediante Memorándum Nº 364-2016-SGOPCYCU-GDU-MDLV, la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano señala que la propuesta del TUPA ­ META 25-MEF se encuentra conforme a las normas en materia de Licencia de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación, siendo concordante con la modificación de la Ley Nº 29090

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