Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Amplían vigencia hasta el 31 de marzo de 2017, del Fondo aprobado mediante R.M. N° 458-2002-EF-10 y aprueban nuevo Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 434-2016-EF/15 Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 153-2016-EF/65.01 de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, de fecha 27 de diciembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 050-2002, se constituyó en el Ministerio de Economía y Finanzas el Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa - Fondo de Respaldo para la PYME por US$ 50 000 000.00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), cuya administración está a cargo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, el artículo 7 del acotado Decreto de Urgencia dispuso que el Fondo garantiza parte de los créditos otorgados a la pequeña y mediana empresa por las empresas del sistema financiero nacional y su operación se regirá por su Reglamento Operativo, el mismo que se aprobará mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, según el artículo 4 de la citada norma, el Fondo es administrado por COFIDE, para lo cual se suscribió el convenio correspondiente, en el que se estableció los términos y condiciones bajo los cuales se desarrollará el encargo a COFIDE; Que, mediante Decreto Supremo N° 171-2002-EF se estableció que el Fondo otorga cobertura a los créditos de exportación de pre embarque otorgados por las empresas del sistema financiero dentro del Programa de Seguros de Crédito a la Exportación para la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYMEX), cobertura que fue ampliada a los créditos de exportación post embarque mediante Decreto Supremo N° 100-2012-EF. Que, mediante Decreto Supremo N° 266-2016-EF se estableció la ampliación de los beneficios del programa a las pequeñas y medianas empresas exportadoras con ventas anuales hasta US$ 30 000 000.00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) al cierre del ejercicio anterior a la solicitud de crédito. Que, por consiguiente, resulta pertinente aprobar el nuevo Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa. De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 0502002, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y modificatorias y el Decreto Supremo N° 171-2002-EF, modificado por Decreto Supremo N° 100-2012-EF, y el Decreto Supremo N° 266-2016-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Amplíese la vigencia hasta el 31 de marzo de 2017, del Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 458-2002-EF-10 y normas modificatorias. Artículo 2.- Aprobar el Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, que consta de treinta y nueve (39) artículos y seis (6) disposiciones complementarias finales; el mismo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- El Reglamento operativo aprobado mediante el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, entrará en vigencia el 01 de abril de 2017. Artículo 4.- El anexo de la presente resolución ministerial se publica en los portales institucionales del

Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www. mincetur.gob.pe), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1468892-2

Aprueban Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2017 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, y aprueban Clasificadores Presupuestarios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2016-EF/50.01 Lima, 29 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 se aprobó la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" y su Anexo, los cuales contienen disposiciones aplicables a cada nivel de Gobierno, considerando sus particularidades en materia de ejecución del gasto público, y a través de las Resoluciones Directorales Nº 022-2011-EF/50.01, 025-2013-EF/50.01 y 027-2014-EF/50.01 se modificó la mencionada Directiva; Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar los Cuadros de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria correspondientes al año fiscal 2017; Que, asimismo, conforme a la Sexta Disposición Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, en concordancia con el artículo 13 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, resulta necesario aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el año fiscal 2017; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Sexta Disposición Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2017 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, respectivamente, el que forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2017, los cuales forman parte de la presente Resolución Directoral, de acuerdo a lo siguiente:

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