Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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y por monitoreo y gestión de agua subterránea - SICTA, el cual no deberá ser mayor al 10% de la tarifa, determinada el año anterior, para los usuarios con fines agrarios. Artículo 2.- Mantener vigente en todo lo demás que contiene la Resolución Jefatural N° 307-2015-ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1468951-1

AMBIENTE
Autorizan transferencia financiera del Ministerio del Ambiente a favor de determinados Gobiernos Locales, para el financiamiento de Proyectos de Inversión Pública Ambientales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 397-2016-MINAM Lima, 29 de diciembre de 2016 Visto; el Informe N° 069-2016-MINAM/DVMDERN/ UEGRN de fecha 28 de diciembre de 2016, del Director Ejecutivo del PGAS CVIS 2; el Memorando N° 1087-2016-MINAM/SG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Técnico N° 036-2016-MINAM/SG/OPP/UPR, de la Especialista Responsable en Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ambos de fecha 29 de diciembre de 2016; el Informe N° 491-2016-MINAM/SG/ OAJ de fecha 29 de diciembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 16 000 000.00 (Dieciséis Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa"; Que, el artículo 3 de la mencionada norma señala que la Unidad Ejecutora del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa" será el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 3 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por la suma de US$ 16 000 000.00 (Dieciséis Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinado a financiar parcialmente el citado Programa de Inversión Pública; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM de fecha 11 de setiembre de 2014, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente para la ejecución del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM de fecha 4 de marzo de 2015, se aprueba el Manual de Operaciones del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", señalando en el numeral 2.2.1 como uno de los objetivos del Programa, apoyar las iniciativas regionales y/o locales a través del

cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que contribuyan a la conservación de los ecosistemas andino ­ amazónicos; Que, asimismo en el numeral 2.4 establece la tipología y las características de los Proyectos de Inversión Pública que conforman el Conglomerado de Proyectos Ambientales a ejecutarse en el marco del Programa precitado; Que, igualmente se dispone que los montos de cofinanciamiento máximos que se asignen a los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, asciende a la suma de S/ 1 000 000.00 (Un Millón y 00/100 Soles), y S/ 700 000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Soles), respectivamente; que en caso los montos solicitados superen los montos máximos establecidos en el Manual de Operaciones, los Gobiernos Locales antes citados asumirán el financiamiento del excedente del costo de inversión del referido Proyecto; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 052-2016-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, de fecha 2 de noviembre de 2016, se aprobaron los resultados de la Convocatoria 2016 de Proyectos de Inversión Pública Ambientales realizada por la Unidad Ejecutora "004: Gestión de los Recursos Naturales"; de los cuales 23 (veintitrés) Proyectos de Inversión Pública Ambientales, cumplen con los criterios de calidad establecidos, para su cofinanciamiento con cargo a los recursos del Programa; Que, el literal d) del numeral 15.1, del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que se autorizan de manera excepcional la realización de transferencias financieras entre entidades, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de las normatividad vigente; Que, conforme al marco legal enunciado precedentemente, mediante Informe N° 069-2016-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, el Director Ejecutivo del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-II Etapa (PGAS CVIS 2) solicita y sustenta la aprobación de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016 hasta por el monto de S/ 3 500 000.00 (Tres Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) a favor de cinco (5) Gobiernos Locales, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3.Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; Que, mediante Informe Técnico N° 036-2016-MINAM/SG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente respecto de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de S/ 3 500 000.00 (Tres Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) a favor de los Gobiernos Locales descritos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución; Que, estando al marco normativo enunciado y a los informes técnicos remitidos, corresponde emitir el acto administrativo que autorice la citada transferencia financiera; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Director Ejecutivo del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur II Etapa"; de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM, que formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos

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