Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 176

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que de acuerdo a la primera y segunda disposición complementaria final de la citada resolución, en tanto no entre en vigencia la exigencia que la extracción de muestras sea realizada o supervisada por una entidad acreditada por parte del INACAL, la Administración Aduanera acepta las muestras y contramuestras, cuya extracción es realizada o supervisada por entidades especializadas en la norma ISO 12743 u otra norma estándar aplicable a nivel internacional para la extracción de muestras, conforme a lo establecido en el artículo 1 de la misma resolución; Que, con el fin de asegurar que los operadores de comercio exterior se encuentren en condiciones de cumplir con lo establecido en la resolución antes referida, es necesario que se establezca un plazo mayor para su entrada en vigencia; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y estando a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo único.- Modificación de la Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/SUNAT/5F0000 Modifícase la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Intendencia Nacional N° 452016/SUNAT/5F0000, de acuerdo al texto siguiente: "Segunda. Vigencia La presente resolución entra en vigencia el 1.4.2017; con excepción de de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, en lo que se refiere a las modificaciones del numeral 7 y el segundo párrafo del numeral 18 de la Sección VI, el segundo párrafo del numeral 1, inciso g) del numeral 7 y el inciso a) del numeral 10 del literal C y el primer párrafo e inciso b) del numeral 2 del literal E, de la Sección VII del procedimiento específico "Reconocimiento Físico- Extracción y Análisis de Muestras" INTA-PE.00.03 (versión 3), aprobado con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 0061-2010/SUNAT/A que entra en vigencia el 1.1.2017; así como de la exigencia que la extracción de muestras sea realizada o supervisada por una entidad acreditada por el INACAL, dispuesta en el artículo 1 de la presente resolución, la cual entra en vigencia a los 12 meses contados a partir del día siguiente de su publicación." Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico 1469178-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal d) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 838-2016-SUCAMEC del 30 de noviembre de 2016, se encargó, a partir del 01 de diciembre de 2016, las funciones de Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos de la SUCAMEC, al señor Mario Francisco Dávila Paredes, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; Con el visado del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 0172013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 01 de enero de 2017, a la señora Narda Cecilia Ortiz Morera en el cargo público de confianza de Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, dejándose sin efecto el encargo de funciones conferido mediante Resolución de Superintendencia N° 838-2016-SUCAMEC del 30 de noviembre de 2016. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN ORLANDO RODRIGUEZ RABANAL Superintendente Nacional 1469069-1

Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 945-2016-SUCAMEC Lima, 30 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal d) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establece como una

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Designan Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos de la SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 944-2016-SUCAMEC Lima, 30 de diciembre de 2016

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