Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de enero de 2016 /

El Peruano

con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social la instalación del "Consejo Regional de Comunidades Campesinas ­ CORECCAM" en el plazo de treinta (60) días calendarios, a partir de entrada en vigencia la presente Ordenanza Regional. Segunda.- ENCARGAR al Consejo Regional de Comunidades Campesinas ­ CORECCAM, elaborar su Reglamento Interno de Funcionamiento en un plazo de sesenta (60) días calendarios, contabilizados desde la fecha de su instalación, el mismo que deberá ser remitido al Consejo Regional para su aprobación, previo informe de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social. Tercera.- La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social deberá aperturar el Registro Regional, a que se refiere el artículo 6º de la presente ordenanza, en un plazo de quince (15) días calendarios a partir de entrada en vigencia la presente ordenanza; y posteriormente realizar el proceso de inscripción en el plazo de veinte (20) días calendarios. Cuarta.- La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social realizará la difusión de la apertura del Registro Regional, a través de medios de comunicación y otros, en las Provincias del Departamento de Arequipa, a efectos de promover la mayor inscripción de Comunidades Campesinas, luego de la apertura del registro durante un plazo de treinta (30) días. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los quince días del mes de diciembre del 2015. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil quince. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1331107-4

en el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, el Consejo Regional procedió a realizar la correspondiente elección democrática en forma universal y pública para elegir al Presidente del Consejo para el período del año 2016; ACUERDA: Primero.- Declarar que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegido Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa el señor GILDER EDY MEDINA COLLADO, por el período de un año, a partir de la vigencia del presente acuerdo. Segundo.- Disponer la publicación del presente acuerdo regional, en el diario Oficial El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la Región Arequipa. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional 1332018-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Regulan el Marco Legal de Aplicación de Multas Tributarias, Régimen de Gradualidad y Régimen de Incentivos de Sanciones Tributarias
ORDENANZA Nº 458-2015-MDB/CDB Breña, 31 de diciembre del 2015. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA POR CUANTO; El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, el Dictamen Nº 11-CR-2015/MDB de la Comisión de Rentas del Concejo Municipal, el Informe 110-2015 GR/MDB, el informe Nº 115-2015-GR/MDB de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 399-2015-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre El Proyecto de Ordenanza que REGULA EL MARCO LEGAL DE APLICACIÓN DE MULTAS TRIBUTARIAS, RÉGIMEN DE GRADUALIDAD Y RÉGIMEN DE INCENTIVOS DE SANCIONES TRIBUTARIAS, dentro de la jurisdicción del Distrito de Breña: y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú en su artículo 194, las municipalidades son los órganos del Gobierno Local los cuales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Gerencia de Rentas a través de los Informes de Vistos, ha preparado un proyecto de Ordenanza para regular el marco legal de aplicación de multas tributarias,

Declaran elegido a Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa
ACUERDO REGIONAL Nº 001-2016-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 5 de enero del 2016 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, ha establecido la separación de poderes al interior del Gobierno Regional de Arequipa, entre el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador y el Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa; Que, la normatividad legal vigente dispone que debe elegirse un Presidente del Consejo Regional entre los diez consejeros que lo integran, cuyo mandato tendrá una vigencia de un año, lo cual ha sido igualmente sancionado mediante Ley 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, ello es concordante con lo estipulado

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