Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2016 (17/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de enero de 2016 /

El Peruano

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 1033-2007-MTC/03 de titularidad del señor JOSE MANUEL MURGUIA CRUZ, a favor de la empresa RADIO TELEVISION TG SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa RADIO TELEVISION TG SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 1033-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1334302-1

recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELICOPTER PERU S.A.C., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 31 de enero del 2016, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 466-2011-MTC/12 del 20 de diciembre del 2011. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELICOPTER PERU S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Bell 212, 206, 214 - Augusta Bell 212 - Ecureuil, Aeropostiale, Eurocopter AS350BA, AS350B2, AS350B3, AS355F1, AS355F2, SA315B - MI 8T, 8P, 8AMT, 8MTV, 171, 172 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Huascarán / Anta, Chimbote. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Jaén.

Otorgan a Helicopter Perú S.A.C. la renovación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 620-2015-MTC/12 Lima, 17 de diciembre de 2015 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTER PERU S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 466-2011MTC/12 del 20 de diciembre del 2011 se otorgó a la compañía HELICOPTER PERU S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 30 de enero del 2012 hasta el 30 de enero del 2016; Que, la compañía HELICOPTER PERU S.A.C. cuenta con el Certificado de Explotador Nº 074 otorgado el 14 de enero del 2014, expedido bajo las Regulaciones Aéreas Peruanas ­ RAP 119NE, RAP 135NE y RAP 133; Que, mediante Expediente N° 2015-063608 del 07 de octubre del 2015, Documento de Registro Nº 2015063608-A del 04 de noviembre del 2015 y Documento de Registro Nº 2015-063608-B del 09 de noviembre del 2015 la compañía HELICOPTER PERU S.A.C. solicitó la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 22272015-MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 418-2015-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 239-2015-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 515-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolución según lo dispuesto por el Artículo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la

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