Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2016 (17/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de enero de 2016 /

El Peruano

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Procedimiento de supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contabilidad Regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de los servicios de Transporte de Gas Natural por Ductos y Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 003-2016-OS/CD Lima, 12 de enero de 2016 VISTO: El Memorando Nº GFGN/ALGN-573-2015, mediante el cual la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural somete a consideración del Consejo Directivo de Osinergmin la aprobación del "Procedimiento de supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contabilidad Regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de los servicios de Transporte de Gas Natural por Ductos y Distribución de Gas Natural por Red de Ductos". CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por los literales a) y c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función supervisora y normativa de los organismos reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende respectivamente, la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de las entidades o actividades supervisadas y la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, normas de carácter general y aquellas que regulen los procedimientos a su cargo, respecto de obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo se encuentra facultado para aprobar los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la función supervisora; Que, a través del artículo 44 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, se estableció la obligación, a cargo de los concesionarios, de establecer y mantener una contabilidad regulatoria con cuentas separadas con relación a los servicios prestados y cuentas consolidadas con respecto al negocio en su totalidad, según procedimientos, plazos y medios que establecerá Osinergmin; Que, asimismo, el artículo 38 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, y el artículo 46 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, establecen disposiciones para la presentación de información económica financiera y regulatoria a Osinergmin, en virtud de lo cual, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 1428-2002-OS/CD y la Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2009-OS/ CD, se aprobaron los primeros Manuales de Contabilidad Regulatoria aplicables a los concesionarios de Transporte

de Hidrocarburos por Ductos y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos; Que, debido a la modificación en la reglamentación aplicable a la actividad de distribución de gas natural, a través de los Decretos Supremos Nº 009-2012-EM y Nº 029-2013-EM, así como al establecimiento de obligaciones a los concesionarios de Transporte de Hidrocarburos por Ductos y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, a consecuencia de la implementación del Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y al Fondo de Inclusión Social Energético, creados mediante Ley Nº 29852, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 116-2013-OS/CD, se aprobó el denominado "Manual de Contabilidad Regulatoria ­ 2013", así como los cuadros y formatos que constituyen Anexos de dicha resolución; Que, el referido "Manual de Contabilidad Regulatoria ­ 2013", tiene por objeto que la información contable proporcionada a Osinergmin por parte de las empresas concesionarios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribución de gas natural por red de ductos sea estandarizada, de tal forma que se facilite el análisis de la situación económica y financiera de las mismas empresas; Que, en virtud del marco normativo descrito en los párrafos anteriores, corresponde aprobar el procedimiento que empleará Osinergmin para la supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la contabilidad regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de transporte de gas natural por ductos y distribución de gas natural por red de ductos; Que, conforme al principio de transparencia, el organismo regulador publicó, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 238-2015-OS/CD, el proyecto del "Procedimiento de supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contabilidad Regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de los servicios de Transporte de Gas Natural por Ductos y Distribución de Gas Natural por Red de Ductos", estableciéndose el plazo de quince (15) días calendario para la presentación de comentarios de los interesados; Que, se han evaluado los comentarios recibidos, conforme se aprecia en la exposición de motivos, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo del Procedimiento; Que, en ese sentido corresponde aprobar el "Procedimiento de supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contabilidad Regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de los servicios de Transporte de Gas Natural por Ductos y Distribución de Gas Natural por Red de Ductos"; De conformidad con lo dispuesto en los literales a) y c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el artículo 22 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, así como el artículo 3 de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Osinergmin; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria y de la Gerencia Legal y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 01-2016. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Procedimiento Aprobar el "Procedimiento de supervisión del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Contabilidad Regulatoria a cargo de las empresas concesionarias de los servicios de Transporte de Gas Natural por Ductos y Distribución de Gas Natural por Red de Ductos", el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º. - Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicación en el portal institucional de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe), conjuntamente con su exposición de motivos y evaluación de comentarios.

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