Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2016 (04/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

577156

NORMAS LEGALES

Jueves 4 de febrero de 2016 /

El Peruano
Junín Junín

Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-2013-SERNANP-DDE, se aprobaron los Términos de Referencia del proceso de elaboración del Plan Maestro del Bosque de Protección San Matías San Carlos, los mismos que se modificaron a través de las Resoluciones Directorales Nº 013-2013, 004-2014, 0352014, 008-2015-SERNANP-DDE ; Que, el informe del visto concluye que la propuesta de Plan Maestro del Bosque de Protección San Matías San Carlos, ha sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su reglamento y lo dispuesto en las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de ANP en materia de Planes Maestros de ANP de administración nacional; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaria General; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Bosque de Protección San Matías San Carlos, periodo 2015-2019, como documento de planificación de más alto nivel del ANP, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta en el Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. La versión oficial digital de los límites se encuentra en el SERNANP y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial. Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura del Bosque de Protección San Matías San Carlos velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución, la memoria descriptiva y el mapa de la Zona de Amortiguamiento del Bosque de Protección San Matías San Carlos en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP; www.sernanp.gob. pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

Pichanaqui, Perene. Río Tambo

Chanchamayo Satipo

NORESTE:

Memoria descriptiva de la Zona de Amortiguamiento del Bosque de Protección San Matías San Carlos Fuente de datos La demarcación de los límites se realizó en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el Instituto Geográfico Nacional - IGN, utilizando la información siguiente: Cartas Nacionales escala: 1/ 100 000 Código 20m 21m 21n 22m 22n Ubicación política Nombre Codo del Pozuzo Iscozacín Puerto Bermúdez Oxapampa Bajo Pichanaqui Datum WGS 84 WGS 84 WGS 84 WGS 84 WGS 84

Partiendo desde el Punto Nº 1, entre el Río Palcazú y una quebrada sin nombre, los límites continúan mediante una línea sinuosa en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 2 en la desembocadura de una quebrada sin nombre, para proseguir por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 3, para continuar mediante línea recta en dirección sureste pasando por el punto Nº 4, hasta llegar al punto Nº 5, en la quebrada Miraflores, para proseguir por esta misma quebrada aguas arriba y continuar por la misma quebrada Cajonal aguas abajo hasta llegar al punto Nº 6, prosiguiendo mediante línea recta en dirección sureste pasando por los puntos Nº 7, Nº 8, hasta llegar al punto Nº 9 en la quebrada Cocomaz, para continuar por una quebrada sin nombre hasta llegar al punto Nº 10, continuando mediante línea recta en dirección sur este hasta la intersección de la quebrada Quintoliani con el Río Azupizú, para proseguir por este mismo río hasta la desembocadura de la quebrada Cautishari, continuando por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 11, para continuar mediante línea recta en dirección noreste hasta llegar al punto Nº 12 en la desembocadura de la quebrada Manichari, para proseguir por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 13, para continuar mediante línea recta en dirección noreste hasta llegar al punto Nº 14, en la quebrada Janiriani, prosiguiendo por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 15, para continuar mediante línea recta en dirección noreste hasta llegar al punto Nº 16, en una quebrada sin nombre, para proseguir por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 17, para continuar mediante una línea sinuosa hasta llegar al punto Nº 18, continuando mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 19 en la desembocadita de una quebrada sin nombre, prosiguiendo por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 20, para continuar mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 21, prosiguiendo mediante una línea sinuosa hasta llegar al punto Nº 23, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 24, prosiguiendo mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 25 en la quebrada Carhuaz con una quebrada sin nombre, prosiguiendo por esta quebrada sin nombre aguas arriba, continuando mediante una línea sinuosa en dirección sur y sureste hasta llegar al punto Nº 26, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 27 en una quebrada sin nombre, prosiguiendo por esta quebrada aguas arriba hasta alcanzar el punto Nº 28, para continuar mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 29 en una quebrada sin nombre, continuando por esta misma quebrada aguas arriba bordeándola en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 30, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 31. Prosiguiendo desde el punto Nº 31 en una quebrada sin nombre, el límite continúa por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 32, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste pasando por el punto Nº 33 hasta llegar al punto Nº 34 en la desembocadura de una quebrada sin nombre, para proseguir por esta misma quebrada aguas arriba bordeándola hasta llegar al punto Nº 35, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 36 en una naciente de la quebrada Mazoquiari, para proseguir por esta misma quebrada aguas abajo hasta llegar al punto Nº 37, para continuar mediante línea recta en dirección noroeste hasta llegar al punto Nº 38 en la desembocadura de la quebrada Anapari, para continuar por esta misma quebrada aguas arriba hasta llegar al punto Nº 39, continuando mediante línea recta en dirección oeste hasta llegar al punto Nº 40, continuando mediante una línea sinuosa en dirección noroeste y oeste hasta llegar al punto Nº 41 prosiguiendo por una quebrada sin nombre hasta alcanzar a la quebrada Camonashari y quebrada Azángaro hasta llegar al punto Nº 42, para continuar mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 43 naciente de la quebrada Marachari.

SUR:

Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Constitución, Palcazu, Puerto Bermúdez, Villa Rica. Provincia Oxapampa Departamento Pasco

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.