Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2016 (07/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 7 de febrero de 2016 /

El Peruano

y la Policía Nacional el servicio interdistrital de Serenazgo y el Sistema de Seguridad Ciudadana; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 17 y 18 de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social; asimismo, los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana tiene como función ejecutar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana dispuesto por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los mismos que tienen atribuciones para aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana de sus correspondientes jurisdicciones, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al Consejo, dictar directivas de Seguridad Ciudadana a nivel de su jurisdicción, y difundir las medidas y acciones sobre Seguridad Ciudadana y evaluar el impacto de las mismas en la comunidad; Que, el inciso e) del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad con competencia distrital asume las funciones de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Memorándum N° 008-2016-MDB/GSC, de fecha 22 de enero del 2016, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Bellavista, remite el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016, por lo que le corresponde al Concejo Distrital de Bellavista proceder a su ratificación; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2016 DEL DISTRITO DE BELLAVISTA Artículo Primero.- RATIFICASE el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016 del Distrito de Bellavista, el mismo que regirá hasta el 31 de diciembre del 2016. Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, su implementación y cumplimiento. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1342571-1

de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y demás normas complementarias; VISTO: El pedido de la Regidora Susy Lisseth Rivera Ovalle, quien solicita que ingrese a orden del día la Opinión Legal Nº 23-2016-GAJ/MPCH, emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica en la que opina procedente la autorización de viaje a la Ciudad de Nuremberg ­Alemania con cargo a recursos públicos en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo con la finalidad de participar en la feria BIOFACH Alemania ­ 2016 del 10 al 13 de febrero del presente año ya que se cuenta con disponibilidad presupuestal. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, que prevé que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y siendo de aplicación el artículo VIII del Título Preliminar de este mismo cuerpo normativo, las competencias. Precisando que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 09º numeral 11) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala que es atribución del Pleno del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, mediante expediente administrativo Nº 621-2016, ingresa invitación a la Reg. Susy Lisseth Rivera Ovalle a fin de que participe en la Feria BIOFACH Alemania 2016 la misma que se llevara a cabo del 10 al 13 de febrero del 2016 en la ciudad de Nuremberg ­ Alemania, evento de encuentro y exhibición de productos orgánicos a nivel mundial. Que, mediante Carta Nº 001-2016-SLRO/MPCH, la regidora Susy Lisseth Rivera Ovalle solicita autorización de viaje al país de Alemania para participar en la feria BIOFACH Alemania 2016 a desarrollarse del 10 al 13 de febrero del año en curso, en tal sentido solicita otorgar viáticos y pasajes. Que, mediante Informe Nº 003-2016-MPCH/GPPPI/ OP/SLOA, emitido por la responsable de presupuesto, da a conocer que el PIA del año 2016, para la asignación de viáticos de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo asciende a la suma de S/ 46,400.00 Soles, de los cuales solo queda un saldo de S/ 35,512.81 Soles; consecuentemente emite informe de disponibilidad presupuestal mediante Informe Nº 006-2016-GPPPI/MCH, por parte de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones. Que, mediante Opinión Legal Nº 23-2016-GAJ/MPCH, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica precisa que la solicitud de viaje se encuentra sustentada en un interés institucional, por cuanto la feria BIOFACH Alemania 2016, es un evento de exhibición de productos orgánicos a nivel mundial que se realizara del 10 al 13 de febrero del 2016, en la ciudad de Nuremberg ­ Alemania, donde la regidora le harán llegar las respectivas capacitaciones en un punto de encuentro global de importantes productos orgánicos, todo ello con la finalidad de adquirir conocimientos sobre dichos productos para plasmarlos en la localidad de Chanchamayo, por lo que opina procedente la autorización de viaje más aun existiendo disponibilidad presupuestal. Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; el Pleno del Concejo Municipal del Gobierno Local Provincial de Chanchamayo en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 012016-MPCH celebrada el 15 de enero del 2016 con el voto MAYORITARIO de sus miembros. ACUERDA:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Autorizan viaje de Regidora a Alemania, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 004-2016-MPCH/CM La Merced, 15 de enero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 001-2016-MPCH celebrado el 15 de enero 2016,

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la Sra. Susy Lisseth Rivera Ovalle ­ Regidora de la Municipalidad

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