Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de febrero de 2016 /

El Peruano

Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 055-2016/SUNAT Lima, 22 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante cartas s/n de fechas 5 de enero y 4 de febrero de 2016, la Secretaría Ejecutiva del CIAT cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la 50a Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias y en el Taller "Ética en la Administración Tributaria", a llevarse a cabo en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 28 y el 29 de abril de 2016, respectivamente; Que el tema central de la citada Asamblea será "Pasado, presente y futuro de la Administración Tributaria", cuyos trabajos y debates permitirán a los participantes analizar la situación actual y qué rumbo se debe seguir con el fin de prevenir y combatir todas las formas de fraude, evasión y elusión tributaria y facilitar el cumplimiento voluntario; Que el mencionado evento cuenta con la participación de los representantes de los países miembros y miembros asociados del CIAT, así como de organismos internacionales como el Banco Mundial, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Organización Mundial de Aduanas, entre otros; Que el Taller "Ética en la Administración Tributaria" constituye una excelente oportunidad para compartir las visiones que las distintas Administraciones Tributarias tienen respecto a este tema y conocer aquellas buenas prácticas e iniciativas que permitirán que la SUNAT se mantenga alineada a este esquema que resulta trascendental en el manejo de una institución como la SUNAT que tiene como piedra angular a la ética; Que la participación de la SUNAT en los citados eventos se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario, tanto en el ámbito estratégico como operativo, que viene desarrollando la SUNAT para mejorar el cumplimiento tributario y ampliar la base tributaria; Que, asimismo, los referidos eventos contribuirán con el conocimiento sobre los avances de estrategias, las herramientas y las acciones que son necesarias para mejorar el proceso de control tributario, teniendo en cuenta las experiencias de otras administraciones tributarias y los desafíos futuros en la gestión tributaria del siglo XXI; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes Ns° 001-2016-SUNAT/600000 y 002-2016-SUNAT/600000 de fechas 2 y 9 de febrero de 2016 respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Walter Eduardo Mora Insúa, Superintendente Nacional Adjunto Operativo, Alexander Quintanilla Gómez, Gerente de Cumplimiento de Medianas y Pequeñas Empresas de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento, y Luis Enrique Vera Castillo, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo

los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Walter Eduardo Mora Insúa y Alexander Quintanilla Gómez del 25 al 29 de abril de 2016, para participar en la 50a Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias; y el viaje del trabajador Luis Enrique Vera Castillo del 25 al 30 de abril del 2016 para participar en la citada Asamblea y en el Taller "Ética en la Administración Tributaria", debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Walter Eduardo Mora Insúa y Alexander Quintanilla Gómez del 25 al 29 de abril de 2016, para participar en la 50a Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, y el viaje del trabajador Luis Enrique Vera Castillo del 25 al 30 del 2016 para participar en la citada Asamblea y en el Taller "Ética en la Administración Tributaria", eventos a llevarse a cabo en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 28 y el 29 de abril de 2016 respectivamente. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Walter Eduardo Mora Insúa Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 787,51 Viáticos US $ 1 320,00 Señor Alexander Quintanilla Gómez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 787,51 Viáticos US $ 1 320,00 Señor Luis Enrique Vera Castillo Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 676,59 Viáticos US $ 1 760,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1348285-1

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