Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Miércoles 24 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

578831

ANEXO 1 EXPEDIENTE 1
EXPEDIENTE N° 953/ICL-LAMSAC IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO ACTIVO/PASIVO DE LA EXPROPIACIÓN HERMELINDA VARA SOTO GLORIA LUISA CALIXTO VARA LADISLAO ELEODORO CALIXTO VARA VICTOR RAUL CALIXTO VARA EFRAIN LUIS CALIXTO VARA MARGOT HERMELINDA CALIXTO VARA GIOVANA MEDARDA CALIXTO VARA DE HERNANDEZ KETTY LOURDES CALIXTO VARA EVELIN KATERIN CALIXTO VARA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Incorporan en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima diversos servicios de Consulta Médica, Terapia de Lenguaje, Psicología, Psicopedagogía, Terapia ocupacional y Terapia Física; así como paquetes promocionales
DECRETO DE ALCALDÍA N° 004 Lima, 22 de febrero de 2016 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO:
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SUJETO PASIVO3

SUJETO ACTIVO4

IDENTIFICACION PRECISA DEL BIEN DIRECCIÓN NUMERO DE PISOS USO AREA AFECTADA DEL TERRENO7 AREA AFECTADA DE LA EDIFICACIÓN8 PERIMETRO9 ASENTAMIENTO HUMANO HUASCARAN (Mz. A´, LOTE 8) , y/o Av. Caquetá N° 120, 118, 116, 116 A6, DISTRITO DEL RIMAC, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. 03 CASA HABITACIÓN

92.50 m2

270.19 m2 42.15 ml MEDIDAS PERIMETRALES10 COORDENADAS UTM( WGS 84)11 LADO A-B B-C C-D D-E E-A VERTICE A B C D E ESTE (X) 277571.5728 277567.9684 277565.0631 277563.9607 277575.5385 NORTE (Y) 8668420.0012 8668415.8469 8668410.4832 8668405.1969 8668407.2014

LINDERO LINDEROS, MEDIDAS PERIMETRALES Y COORDENA- FRENTE DAS UTM DERECHA FONDO

LARGO ml 5.50 6.10 5.40 11.75 13.40

PARTIDA ELEC- P0207211412 de Registro de Predios de la Zona Registral N° IX- Sede TRÓNICA Lima CERTIFICADO Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 17.06.2015, expedido por la DE BÚSQUEDA Oficina de Catastro de SUNARP13. No registra duplicidad. CATASTRAL CONFORMIDAD EXPEDIENTE ICL Se adjunta el Expediente N° 953/ICL-LAMSAC, el cual cuenta con la conformidad correspondiente del Gerente de Proyectos del Instituto Catastral de Lima, Ing. Godofredo Chuquichanca San Miguel, de fecha 24.07.2014.

Que, el artículo 37º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, excluyó del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de las instituciones públicas, aquellos servicios por los que el administrado puede elegir recibirlos de otra institución pública o privada; Que, el cuarto párrafo del artículo 37º de la citada Ley establece que por aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sea de público conocimiento; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima compendió sus servicios no exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 009- del 21 de octubre del año 2014; Que, la Subgerencia de Promoción y Protección de las Personas con Discapacidad fue creada mediante Ordenanza Nº 1751, la cual conforme el Artículo 111º del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 812, es la unidad orgánica responsable de velar por el cumplimiento del régimen legal de prevención, protección, rehabilitación, promoción e integración social, económica y cultural de las personas con discapacidad en la provincia de Lima; Que, la Subgerencia de Promoción y Protección de las Personas con Discapacidad a través del Informe Nº 122-2015-MML-GS.SPPPCD propone incorporar en el rubro de Casa de Atención a Personas con discapacidad diversos servicios de Consulta Médica, Terapia de Lenguaje, Psicología, Psicopedagogía, Terapia Ocupacional y Terapia Física, en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima ­ MML, con su correspondiente tarifario; Que, la citada propuesta cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, de la Gerencia de Finanzas y de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; De conformidad con los artículos 20º numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1°.- Incorporar en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el rubro Gerencia de Desarrollo Social ­ MUNISERFP ­ Servicio de Rehabilitación Funcional y Profesional Municipal, los diversos servicios de Consulta Médica, Terapia de Lenguaje, Psicología, Psicopedagogía, Terapia Ocupacional y Terapia Física; así como paquetes promocionales que tendrán la vigencia de un año a partir de la publicación del presente Decreto, conforme el anexo que forma parte del presente. Artículo 2°.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 3°.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima

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Titulares registrales según consta en la copia literal de la Partida Registral N° P02072114 En el presente caso, el Beneficiario de la Adquisición es el mismo que el Sujeto Activo, conforme al Numeral 5.1 del Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1192. Ubicación según consta en la Partida Registral Nº P02072114 Numeraciones que figuran en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico N° 953/ICL-LAMSAC. Según consta en el Informe Técnico de Valuación. Según consta en el Informe Técnico de Valuación. Según consta en la Partida Registral Nº P02072114. Según consta en la Partida Registral Nº P02072114. Según consta en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico N° 953/ ICL-LAMSAC (levantamiento en campo), por cuanto el predio no cuenta con una base catastral digital (coordenadas UTM) inscrita en el Registro de Predios. Emitida con fecha 23.09.2015. El Certificado de Búsqueda Catastral fue evaluado en el Informe Técnico Legal N° 025-2015-MML-GPIP-SGCPP-AL de fecha 10 de agosto de 2015, que se adjunta al presente informe.

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