Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de febrero de 2016 /

El Peruano

Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la ampliación de vigencia del Plan Regional de Cooperación Internacional No Reembolsable 2012 ­ 2015, documento de gestión de la Cooperación Internacional, que determina los ejes temáticos y territoriales con el propósito de orientar tanto las intervenciones como las demandas de la Cooperación Internacional No Reembolsable Regional, por el periodo de un año, ello según los fundamentos expuestos ut supra. Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a las instancias pertinentes para su conocimiento. En Huancavelica, al primer día del mes de diciembre del dos mil quince. ALBERTO DÁVILA PERALTA Presidente del Consejo Regional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 4 días del mes de diciembre del año dos mil quince. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1347283-1

declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, dentro del citado contexto normativo y estando a los Informes Técnicos emitidos por las áreas correspondientes, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática remite el Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro Para Asignación de Personal Provisional (CAPP) de la Dirección Regional de Yaku Tarpuy para Lucha Contra la Pobreza, previo trabajo coordinado y consensuado con diferentes sectores y niveles del Gobierno Regional; Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- APRUÉBESE la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Yaku Tarpuy para la Lucha Contra la Pobreza, las mismas que se adjuntan como Anexo 1 de la Presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional (CAPP) de la Dirección Regional de Yaku Tarpuy para la Lucha Contra la Pobreza, las mismas que se adjuntan como Anexo 2 de la Presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los cuatro días del mes de febrero del dos mil dieciséis DIÓGENES ANCCASI MARTÍNEZ Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1347949-1

Aprueban el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional (CAPP), la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Yaku Tarpuy para la Lucha Contra la Pobreza
ORDENANZA REGIONAL Nº 328-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 4 de febrero de 2016 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAPP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE YAKU TARPUY PARA LUCHA CONTRA LA POBREZA Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 195GOB.REG. HVCA/CR, de fecha 23 de febrero de 2012, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora Coordinación Regional de Lucha Contra la Pobreza; así mismo mediante Ordenanza Regional Nº 219-GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 19 de Junio de 2012, se aprueba el Cuadro Para Asignación de Personal de la referida unidad. Que, el numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,

Delegan a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de emitir resoluciones de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas inherentes a la gestión presupuestaria
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL NRO. 011-2016/GOB.REG-HVCA/GR Huancavelica, 8 de enero de 2016 VISTO: El Informe Nº 001-2016/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT con Registro de Documento Nº 002; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con

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