Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de febrero de 2016 /

El Peruano

Artículo Sétimo.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER M ARTÍN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1348262-1

lo dispuesto en la Resolución SBS N° 6879-2015 del 13 de noviembre de 2015; RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar por un período de cuatro (04) años, como Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que personalmente y previo cotejo, comprueben y autentiquen el contenido de las copias de los documentos originales a efecto de su utilización en los procedimientos y/o trámites que ante esta Institución sigan sus trabajadores, ex trabajadores y público en general, a los siguientes funcionarios: · Sra. Elva Cecilia García Barreto, Abogada Principal I del Departamento de Asuntos Contenciosos. · Sra. Carmen Hog Ching, Coordinador Ejecutivo de Gestión y Desarrollo de Personal. · Sra. Yasmin Ysabel Bolívar Soriano, Coordinador de Prevención del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación. · Sr. Luis Manuel Zárate Rodríguez, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo. Artículo Segundo.- Designar adicionalmente, por un período de cuatro (04) años, como Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que personalmente puedan desempeñar las funciones referidas en el Artículo Primero que antecede, a los siguientes funcionarios: · Sr. Mynor Alarcón Medina, Jefe de la Oficina Descentralizada de Piura. · Sr. Juan Ever Pilco, Jefe de la Oficina Descentralizada de Junín. · Sr. Paolo Vassallo Gástulo, Supervisor Principal Regional I, Jefe de la Oficina Descentralizada de Arequipa (e). · Sr. Carlos Melgar Romarioni, Jefe del Departamento de Gestión Documental. · Sr. Hernán Bendezú Jara, Analista de Secretaría General. · Sra. Rosario Cossio, Analista de Trámite Documentario de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera. · Sr. Adrian Artemio Mamani Vitulas, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo. · Sra. Mirta Miriam Malpartida Canta, Supervisor Principal del Departamento de Supervisión. Artículo Tercero.- Los citados Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, quedan obligados a llevar un registro de los actos que realizan en ejercicio de sus funciones. Artículo Cuarto.- Convalídense todos los actos que hubieran celebrado en calidad de Fedatarios, los funcionarios de esta Superintendencia a que se refieren las Resoluciones SBS N° 1359-2008 y N° 5303-2012, desde sus respectivas fechas de entrada en vigencia, hasta la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1348258-1

Ratifican y designan fedatarios de la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 924-2016 Lima, 18 de febrero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 127° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y sus modificatorias, faculta a las entidades de la administración pública la designación de fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, el numeral 2 del citado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee acompañarlos como prueba; Que, mediante Resolución SBS N° 1359-2008 del 06 de mayo de 2008, se ratificó como fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por un período de dos (2) años, a los funcionarios Sra. Elva Cecilia García Barreto y a los señores Marco Antonio Ojeda Pacheco y Alberto Rizo-Patrón Carreño; asimismo, se designó como fedatario de este Organismo Supervisor, por un periodo de dos (2) años, a la Sra. Carmen Hog Ching, Analista del Departamento de Recursos Humanos; Que, posteriormente, mediante Resolución SBS N° 53032012 del 03 de agosto de 2012, se designó como fedatarios adscritos a la Superintendencia Adjunta de la Unidad de Inteligencia Financiera, por un período de dos (2) años, a la Sra. Yasmin Bolívar Soriano, y a los señores Luis Felipe Harman Vargas y Luis Manuel Zárate Rodríguez; Que, habiendo vencido el período de ejercicio de las funciones de los fedatarios de este Organismo de Control indicados en los Considerandos precedentes, así como producidos cambios, rotaciones y renuncias del personal, resulta necesario para los intereses de este Organismo Supervisor ratificar las designaciones de los mencionados funcionarios Elva Cecilia García Barreto, Carmen Hog Ching, Yasmin Bolívar Soriano y Luis Manuel Zárate Rodríguez; así como designar fedatarios de esta Superintendencia al Sr. Carlos Melgar Romarioni, Jefe del Departamento de Gestión Documental, al Sr. Hernán Bendezú Jara, Analista de Secretaría General, a la Sra. Rosario Cossio Serra, Analista de Trámite Documentario de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, al Sr. Adrian Artemio Mamani Vitulas, Analista Principal Operativo y a la Sra. Mirta Miriam Malpartida Canta, Supervisor Principal de la Unidad de Inteligencia Financiera; Que, por su parte, las Oficinas Descentralizadas de este Organismo de Control requieren la participación de un fedatario para que coteje, compruebe y autentique los documentos que se le presenten para los distintos trámites a su cargo; siendo conveniente, para ese efecto, designar fedatarios a funcionarios que laboran en las Oficinas Descentralizadas de esta Superintendencia; En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modificatorias; y, de conformidad con

Modifican el Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 925-2016 Lima, 18 de febrero de 2016

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