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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (24/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 64

578818 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de febrero de 2016 / El Peruano Artículo Sétimo.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, fi nancieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER M ARTÍN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1348262-1 Ratifican y designan fedatarios de la SBS RESOLUCIÓN SBS Nº 924-2016 Lima, 18 de febrero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 127° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y sus modifi catorias, faculta a las entidades de la administración pública la designación de fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, el numeral 2 del citado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee acompañarlos como prueba; Que, mediante Resolución SBS N° 1359-2008 del 06 de mayo de 2008, se ratifi có como fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por un período de dos (2) años, a los funcionarios Sra. Elva Cecilia García Barreto y a los señores Marco Antonio Ojeda Pacheco y Alberto Rizo-Patrón Carreño; asimismo, se designó como fedatario de este Organismo Supervisor, por un periodo de dos (2) años, a la Sra. Carmen Hog Ching, Analista del Departamento de Recursos Humanos; Que, posteriormente, mediante Resolución SBS N° 5303- 2012 del 03 de agosto de 2012, se designó como fedatarios adscritos a la Superintendencia Adjunta de la Unidad de Inteligencia Financiera, por un período de dos (2) años, a la Sra. Yasmin Bolívar Soriano, y a los señores Luis Felipe Harman Vargas y Luis Manuel Zárate Rodríguez; Que, habiendo vencido el período de ejercicio de las funciones de los fedatarios de este Organismo de Control indicados en los Considerandos precedentes, así como producidos cambios, rotaciones y renuncias del personal, resulta necesario para los intereses de este Organismo Supervisor ratifi car las designaciones de los mencionados funcionarios Elva Cecilia García Barreto, Carmen Hog Ching, Yasmin Bolívar Soriano y Luis Manuel Zárate Rodríguez; así como designar fedatarios de esta Superintendencia al Sr. Carlos Melgar Romarioni, Jefe del Departamento de Gestión Documental, al Sr. Hernán Bendezú Jara, Analista de Secretaría General, a la Sra. Rosario Cossio Serra, Analista de Trámite Documentario de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, al Sr. Adrian Artemio Mamani Vitulas, Analista Principal Operativo y a la Sra. Mirta Miriam Malpartida Canta, Supervisor Principal de la Unidad de Inteligencia Financiera; Que, por su parte, las Ofi cinas Descentralizadas de este Organismo de Control requieren la participación de un fedatario para que coteje, compruebe y autentique los documentos que se le presenten para los distintos trámites a su cargo; siendo conveniente, para ese efecto, designar fedatarios a funcionarios que laboran en las Ofi cinas Descentralizadas de esta Superintendencia; En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modifi catorias; y, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución SBS N° 6879-2015 del 13 de noviembre de 2015; RESUELVE: Artículo Primero.- Ratifi car por un período de cuatro (04) años, como Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que personalmente y previo cotejo, comprueben y autentiquen el contenido de las copias de los documentos originales a efecto de su utilización en los procedimientos y/o trámites que ante esta Institución sigan sus trabajadores, ex trabajadores y público en general, a los siguientes funcionarios: • Sra. Elva Cecilia García Barreto, Abogada Principal I del Departamento de Asuntos Contenciosos. • Sra. Carmen Hog Ching, Coordinador Ejecutivo de Gestión y Desarrollo de Personal. • Sra. Yasmin Ysabel Bolívar Soriano, Coordinador de Prevención del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación. • Sr. Luis Manuel Zárate Rodríguez, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo. Artículo Segundo.- Designar adicionalmente, por un período de cuatro (04) años, como Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que personalmente puedan desempeñar las funciones referidas en el Artículo Primero que antecede, a los siguientes funcionarios: • Sr. Mynor Alarcón Medina, Jefe de la Ofi cina Descentralizada de Piura. • Sr. Juan Ever Pilco, Jefe de la Ofi cina Descentralizada de Junín. • Sr. Paolo Vassallo Gástulo, Supervisor Principal Regional I, Jefe de la Ofi cina Descentralizada de Arequipa (e). • Sr. Carlos Melgar Romarioni, Jefe del Departamento de Gestión Documental. • Sr. Hernán Bendezú Jara, Analista de Secretaría General. • Sra. Rosario Cossio, Analista de Trámite Documentario de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera. • Sr. Adrian Artemio Mamani Vitulas, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo. • Sra. Mirta Miriam Malpartida Canta, Supervisor Principal del Departamento de Supervisión. Artículo Tercero.- Los citados Fedatarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, quedan obligados a llevar un registro de los actos que realizan en ejercicio de sus funciones. Artículo Cuarto.- Convalídense todos los actos que hubieran celebrado en calidad de Fedatarios, los funcionarios de esta Superintendencia a que se refieren las Resoluciones SBS N° 1359-2008 y N° 5303-2012, desde sus respectivas fechas de entrada en vigencia, hasta la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1348258-1 Modifican el Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros RESOLUCIÓN SBS Nº 925-2016 Lima, 18 de febrero de 2016