Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 24 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 30372 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año 2016 y con Resolución Ejecutiva Regional Nº 506-2015/GOB.REG. HVCA/PR de fecha 22 de diciembre del 2015, se promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, de conformidad con el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, en materia Presupuestal es responsable de manera solidaria con el Consejo Regional u Organismo Colegiado de la Entidad, según sea el caso; puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.1 del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; por su parte, el numeral 40.2 del Artículo 40º de la misma norma, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en dicho contexto normativo, para que el proceso presupuestario en el año 2016 adquiera un carácter expeditivo bajo los criterios de descentralización operativa y de centralización normativa, es necesario delegar a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de emitir resoluciones de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas inherentes a sus funciones de gestión presupuestaria; en tal sentido, se expide el presente acto resolutivo; Estando a lo informado; y, Con visación de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 30305; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR, en el presente Ejercicio Presupuestal 2016, a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, la facultad de emitir Resoluciones de aprobación de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras y dentro de las Unidades Ejecutoras, y demás acciones administrativas inherentes a la gestión presupuestaria. Artículo 2º.- La Resolución que expedirá la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominará Resolución Gerencial Regional. Articulo 3º.- Las acciones delegadas deben ejecutarse con estricta sujeción a las normas legales vigentes sobre la materia, debiendo dar cuenta al Despacho de la Gobernación Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 067-2015/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 09 de enero del 2015. Articulo 5°.- COMUNICAR el presente Acto

Administrativo a los Órganos Competentes del Gobierno Regional de Huancavelica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1347951-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que aprueba la Agenda Ambiental Metropolitana 2015 - 2017
ORDENANZA N°1934 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha18 de febrero de 2016 el Dictamen N° 02-2016-MML-CMMASBS y 18-2016-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social y de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AGENDA AMBIENTAL METROPOLITANA 2015-2017 Artículo Primero.- Aprobación de la Agenda Ambiental Metropolitana 2015-2017 Apruébese la Agenda Ambiental Metropolitana 20152017, que en Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza, aplicable a la jurisdicción de la Provincia de Lima. Artículo Segundo.-Publicación El texto de la Agenda Ambiental Metropolitana 20152017, aprobada por el artículo precedente, será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo Tercero.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 18 de febrero de 2016 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1347924-1

Ordenanza que declara desfavorables peticiones de cambio de zonificación del Cercado de Lima
ORDENANZA N° 1935 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;

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