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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (25/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 79

578961 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2016 El Peruano / del artículo 15° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo ANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE PREVENCION Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS - PP PTCD Nº. ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/. 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 150,000.00 2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 150,000.00 3 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 387,000.00 4 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 150,000.00 5 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 100,000.00 6 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 230,000.00 7 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS (Iquitos) ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 300,000.00 8 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO ACTIVIDAD: “PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO” 180,000.00 TOTAL 1,647,000.00 1349143-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aceptan donación dineraria efectuada por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 022-2016-CONCYTEC-P Lima, 23 de febrero de 2016 VISTOS: el Ofi cio N° 025-2016-FONDECYT-DE del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT; el Informe N° 010-2016-FONDECYT-UPP del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT; el Memorando N° 031-2016-FONDECYT-UAF del Responsable (e) de la Unidad de Administración y Finanzas del FONDECYT y el Informe N° 037-2016-CONCYTEC- OGPP del Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia N° 204-2015-CONCYTEC-P, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; Que, con fecha 16 de setiembre de 2015, se suscribió el Acuerdo de Subvención para Financiamiento del Proyecto entre el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y del Commonwealth; el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y el Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (en adelante, el Acuerdo de Subvención); Que, conforme a lo establecido en el Numeral 1.2 del Acuerdo de Subvención, el término “proyecto” alude a las actividades a realizarse para implementar el Fondo UK- CONCYTEC para Ciencia e Innovación; y el término la “implementación del proyecto” se refi ere a todos los pasos que CONCYTEC y FONDECYT realizarán para ejecutar el proyecto que está recibiendo el apoyo a través del referido Acuerdo de Subvención; Que, el Numeral 5.1 del Acuerdo de Subvención establece que Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a través del Ministerio de Relaciones Exteriores - FCO destinará hasta un máximo de £683,000 para desarrollar Ciencia, Tecnología e Innovación en el Perú, de los cuales sólo £333,000 serán transferidos al FONDECYT para la implementación del Proyecto; Que, mediante Memorando N° 031-2016-FONDECYT- UAF, el Responsable (e) de la Unidad de Administración y Finanzas del FONDECYT, señala que en la Cuenta Bancaria FONDECYT - DONACIONES DEL REINO UNIDO N° 06-068-001119 del Banco de la Nación, ha verifi cado los abonos realizados por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por el monto de US$ 181 248,00 (Ciento Ochenta y Un Mil Doscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Dólares Americanos); Que, mediante Informe N° 010-2016-FONDECYT- UPP el Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT señala que resulta necesaria la emisión de una resolución de crédito suplementario por el monto de US$ 181 248,00 que fuera depositado por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la Cuenta Bancaria FONDECYT - DONACIONES DEL REINO UNIDO N° 06-068-001119; Que, mediante Ofi cio N° 025-2016-FONDECYT- DE, el Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, solicita la emisión de la Resolución de Presidencia que incorpore en el presupuesto institucional del FONDECYT, el monto de US$ 181 248,00 equivalente a S/ 630 924,00 Soles (Seiscientos Treinta Mil Novecientos Veinticuatro y 00/100 Soles), correspondiente al depósito efectuado por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en el marco del Acuerdo de Subvención; Que, mediante Informe N° 037-2016-CONCYTEC- OGPP, el Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que resulta necesario aceptar la donación efectuada por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por el monto de S/ 630 924,00 (Seiscientos Treinta Mil Novecientos Veinticuatro y 00/100 Soles), en el marco del Acuerdo de Subvención, y realizar su posterior incorporación en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, por la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, el Artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en adelante el TUO de la Ley, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; asimismo dispone que dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, asimismo, el Literal a) del Numeral 42.1 del artículo 42° del TUO de la Ley, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como