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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2016 (22/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 135

593965 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 El Peruano / ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión de conmemorarse el Centésimo Nonagésimo Quinto (195°) Aniversario de nuestra Independencia, a la señora: “SONALY TUESTA ALTAMIRANO” Directora y conductora del programa “Costumbres” desde hace más de 16 años, programa dedicado a revalorar el arte y tradición de los pueblos de todas las regiones del Perú, fue productora del programa general para “Quitarse el Sombrero”. Su programa “Costumbres”, es todo un símbolo a la perseverancia por promover la capacidad creativa del peruano y su capacidad para dar cariño. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1407429-17 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC del distrito de Villa María del Triunfo período 2017 - 2021 ORDENANZA Nº 219- 2016/MVMT Villa María del Triunfo, 21 de julio del 2016EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 358-2016-GAJ-MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 012-2016-CEPLAN-DNCP-RQC del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, el Escrito de fecha 13.07.2016 de la Comisión de Planeamiento Estratégico para la aprobación del Proyecto fi nal del Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2017-2021 del distrito de Villa María del Triunfo, y; CONSIDERANDO:Que, el Numeral 2 del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, dispone que es competencia de las municipalidades aprobar el Plan de Desarrollo local concertado con la sociedad civil; Que, el literal “a” del artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la Municipalidades tienen competencia para plani fi car integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial; Que, mediante Decreto Legislativo 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional, CEPLAN, como ente rector del sistema de planeamiento estratégico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- PCM, se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, re fi riéndose como primer pilar de la gestión pública orientada a resultados al planeamiento estratégico; Que, mediante Resolución de Presidencia del Concejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico que establece los principios, normas, procedimientos, e instrumentos del proceso de planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN;Que, por Decreto Supremo 400-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, y se determina que la formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado constituye la Meta Nº 03 para las municipalidades Tipo A, entre las que se encuentra la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 040- 2016/MVMT-AL, se resuelve dar inicio al Proceso de Planeamiento Estratégico para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017 – 2021 del Distrito de Villa María del Triunfo, disponiéndose la conformación de la Comisión de Planeamiento Estratégico y del Equipo Técnico de Planeamiento para su elaboración participativa; Que, con Informe Nº 012-2016-CEPLAN-DNCP-RQC, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN emite el informe técnico favorable respecto al proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado; Que con Informe Nº 358-2016-GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Ordenanza que aprueba el proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado cumple con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente; De conformidad con lo previsto en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta y comisiones la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL – PDLC 2017-2021 DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC del Distrito de Villa María del Triunfo período 2017 – 2021, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la ejecución de acciones necesarias a fi n de garantizar su cumplimiento. Artículo 3º.- DISPONER la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y el Texto íntegro en la página web y en el portal de transparencia de la Municipalidad. Artículo 4º.- REMITIR a los actores participantes del proceso de formulación del PDLC o fi cios indicando el enlace web de la Municipalidad y del portal de transparencia donde puedan descargar el PDLC. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1407529-1 Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Villa María del Triunfo ORDENANZA Nº 220-2016/MVMT Villa María del Triunfo, 21 de julio del 2016EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesión Ordinario de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 315-2016-GM/MVMT, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 349-2016-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 039-2016-GSCGA-MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, el Informe Nº 189-2016-SGLPYM-GSCGA/MVMT de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, el Dictamen Nº 003-2016-MDVMT-CSCGASCYT de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía, Gestión Ambiental, Seguridad