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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2016 (22/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 124

593954 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 / El Peruano instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal, promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado; Que mediante Ordenanza N° 298-MDSMP, se crea el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de San Martín de Porres, el mismo que tiene por objeto generar un proceso de gestión ambiental participativa, con el fi n de articular, integrar y evaluar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones orientados a la protección del ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales, bajo la perspectiva del desarrollo sostenible de la jurisdicción y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, en el marco de la legislación ambiental vigente; Que, el Artículo 6° de la Ordenanza N° 298-MDSMP establece el nivel funcional II del Sistema Local de Gestión Ambiental, encargado de la coordinación y concertación para proponer, dirigir y supervisar la política ambiental local y las diferentes herramientas de gestión ambiental, este nivel está a cargo de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental quien realizará las coordinaciones con la Comisión Ambiental Municipal y la Comisión Metropolitana; Que, asimismo el artículo 7° de la Ordenanza N° 298-MDSMP reconoce a la Comisión Ambiental Local como la instancia participativa encargada de la coordinación y la concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores locales, a fi anzando una alianza estratégica capaz de afrontar y solucionar la problemática ambiental del distrito de San Martín de Porres, por otro lado la Comisión Ambiental Municipal estará integrada por los actores del nivel local tanto del sector público como del sector privado y la sociedad civil, los que serán convocados por la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental y designados mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 012-2014/ MDSMP se reconoció por un periodo de 02 años a los representantes de las instituciones que conforman la Comisión Ambiental Municipal CAM del distrito de San Martín de Porres, por lo que es necesario realizar la actualización de los representantes de la CAM SMP; Que, con informes vistos de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental da cuenta a las entidades participantes y que serán parte de la Comisión Ambiental Municipal, por lo que corresponde emitirse la respectiva norma municipal; Estando a lo expuesto, a lo opinado por la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental según Informe N° 024-2016-GSPyGA/MDSMP, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 1022-2016- GAJ/MDSMP y lo dispuesto en el Art. 20°, numeral 6) y Art. 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA:Artículo Primero.- RECONOCER a la Comisión Ambiental Local como la instancia participativa encargada de la coordinación y la concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores locales, a fi anzando una alianza estratégica capaz de afrontar y solucionar la problemática ambiental del distrito de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- La Comisión Ambiental Municipal del Distrito de San Martín de Porres, estará conformada por los siguientes actores, quienes acreditarán a sus representantes: 1. Representantes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI (Titular y alterno). 2. Representantes de la Dirección de Red de Salud Lima Norte V Rímac –SMP –LO (Titular y alterno). 3. Representantes del Centro Comunal de la sétima zona del distrito de San Martín de Porres (Titular y alterno). 4. Representantes de los recicladores formalizados del distrito de San Martín de Porres (Titular y alterno). 5. Representantes de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (Titular y alterno).6. Representantes de la Comisaría PNP Barboncitos (Titular y alterno). 7. Representantes de la Comisión de Regantes Sub Sector de Riego-Chuquitanta (Titular y alterno). 8. Representantes de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (Titular y alterno). Artículo Tercero.- PRECISAR que los representantes acreditados ejercerán sus cargos por un periodo de dos (02) años. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier documento que se oponga a lo dispuesto en el presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1406884-1 Aprueban nuevo plano de trazado y lotización correspondiente a la habilitación urbana de oficio de la “Urbanización Arizona” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 191-2016/MDSMP San Martín de Porres, 18 de julio de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:El Expediente Nº 41519-2016 de fecha 07.07.2016, promovido por la Asociación de Propietarios de la “Urbanización Arizona” quien pone en conocimiento la esquela de observaciones formulada por el registrador del Registro Público de la Superintendencia Nacional de los Registros públicos – SUNARP, mediante Título Nº 2016-00571281 de fecha 02.05.2016, al haberse solicitado la inscripción de la Habilitación Urbana de O fi cio del terreno de 27,100.00 m2, en la cual se desarrolla la “Urbanización Arizona”; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 113-2016/ MDSMP de fecha 11.04.2016 se declaró la aprobación de la Habilitación Urbana de O fi cio, del terreno rústico constituido por la Parcela Nº10303 Fundo Santa Rosa con un área de 27,100.00 m2, inscrito en la Ficha Nº 445437 en la continuación de la Partida Electrónica Nº 43865161 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Arizona ubicada en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; de conformidad con el Plano Nº 009-2016-SGHUySFL-GDU-MDSMP y Memoria descriptiva; Que, presentada la rogatoria para la Inscripción Registral de la Resolución de Alcaldía Nº 113-2016/MDSMP, el Registrador Público de la SUNARP mediante esquela de observación indica una serie de observaciones de índole técnico de adecuación y error material en el Plano de Trazado y Lotización Nº 009-2016-SGHUySFL-GDU/MDSMP, por lo que se concluye en dejar sin efecto dicho plano; Que, con Informe Nº133-2016-SGHUySFL-GDU de fecha 14/07/2016, de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Saneamiento Físico Legal, recogiendo el Informe Nº 080-2016-BERV-SGHUySFL-GDU/MDSMP de fecha 11.07.2016 del técnico del área, señala que consta en el expediente una esquela de observaciones de SUNARP, ingresado con expediente Nº 41519-2016 de fecha 07.07.2016, en la que se advierte sobre las discrepancias que existe en el grá fi co del plano de lotización, para lo cual es necesario aprobar un nuevo plano de lotización;