Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2016 (24/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de julio de 2016 /

El Peruano

Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente Ordenanza Municipal: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Huaura que consta de III Títulos, XX Capítulos, 163 Artículos; I Disposición Final, I Disposición Transitoria los mismos que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación tal como lo dispone el Art. 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase. JUSTINIANO PEDRO VALENCIA PANTOJA Alcalde 1407942-1

Que, la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el Distrito de Huaura, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. Que, mediante INFORME Nº 166-2016-SLPMA-MDH, formula y presenta para su aprobación el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Huaura. Que, la Municipalidad Distrital de Huaura y su equipo técnico, han elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Huaura, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Huaura (PMRS), que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Servicios Públicos la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Huaura, en coordinación con las demás unidades orgánicas de la municipalidad, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación tal como lo dispone el Art. 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaría General, Gerencia Municipal, Informática e imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional (www.munihuaura.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2016-MDH Huaura, 14 de julio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión de Ordinaria del Pleno del Concejo Municipal del Distrito de Huaura, de Fecha catorce de Julio del 2016, respecto a la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de Huaura. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057 - 2004- PCM, precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley.

JUSTINIANO PEDRO VALENCIA PANTOJA Alcalde 1407943-1

Aprueban formalización de recicladores en el Distrito de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2016-MDH Huaura, 14 de julio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de Julio de 2016, Memorándum Nº 1558-2016-GM-MDH de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 162-2016-SLPMA del Área Salud, Limpieza Pública y medio Ambiente, respecto a la Formalización de Recicladores en el Distrito de Huaura. CONSIDERANDO: Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de

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