Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de julio de 2016 /

El Peruano

desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su Artículo 1º establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la Sociedad en su conjunto, ara asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. Y su Artículo 10º dispone el rol y las obligaciones de las Municipalidades, entre ellas se encuentran comprendida el de planificar la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos con las políticas de desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y el Desarrollo Urbano; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004PCM, señala en el Artículo 8º numeral 2) que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; Que, con Ordenanza Municipal Nº 011-2011-MDCH, de fecha 30 de mayo del 2011, se Aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Chancay, el mismo que en la actualidad necesita ser actualizado; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2014MDCH, de fecha 28 de febrero de 2014, se aprueba el marco legal de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Chancay, que dispone en su Artículo 3º que la CAM del distrito de Chancay es un organismo integrado por entidades públicas y privadas, que diseñan y proponen instrumentos de gestión ambiental dirigidos a la mejora de la calidad de vida de la población Chancayana; Que, para lograr el adecuado manejo de los residuos sólidos, es necesario contar con la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos, que partiendo del diagnóstico de la situación de residuos sólidos, se establezca objetivos, estrategias y metas necesarias, para el corto mediano y largo plazo que permitan asegurar un eficiente y eficaz prestación de los servicios de limpieza pública, desde la generación hasta la disposición final de los residuos sólidos; Que, es indispensable adecuar la normatividad vigente al tema del manejo de los residuos sólidos en su jurisdicción distrital que permita planificar, diseñar e implementar medidas eficientes para su manejo integral;

Que, con la finalidad de garantizar la gestión integral y manejo sostenible de los residuos sólidos municipales y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en esta jurisdicción distrital, se hace necesario formular la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Chancay al amparo de lo establecido en la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, modificada mediante el Decreto Legislativo Nº 1065; Que, así mismo en Acta de Reunión de la Comisión Ambiental Municipal, de fecha 08 de julio del presente año, se realizó la exposición de la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) del Distrito de Chancay, el mismo que recibió los aportes y sugerencias de los representantes de los actores locales que pertenecen a la CAM-Chancay; Estando lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; y con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por Unanimidad de los miembros del Concejo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE CHANCAY Artículo Primero.- APROBAR la actualización del PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS (PMRS) DEL DISTRITO DE CHANCAY, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presenta Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Residuos Sólidos el cumplimiento del Plan aprobado en el Artículo Primero, con la activa participación de las demás áreas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º incisos 1) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Asimismo hágase de conocimiento a las autoridades del Distrito y de la Provincia. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1408536-1

PROYECTO

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la publicación en el Portal Electrónico del Ministerio del proyecto de Directiva que aprueba las "Características técnicas mínimas de los Simuladores de Manejo"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3440-2016-MTC/15 Lima, 20 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de junio de 2016, se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir (en adelante, el Reglamento de Licencias); Que, en el numeral 7 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Licencias se establece que, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de la norma, la Dirección General de Transporte y Tránsito Terrestre aprobará la Resolución Directoral que establezca las características técnicas de los Simuladores de Manejo;

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