Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de julio de 2016 /

El Peruano

de programas de certificación ambiental de empresas o instituciones en general. Que, el artículo 47º del Reglamento de la norma en referencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM, preceptúa que la municipalidad establecerá progresivamente un bono de incentivo a los vecinos que participan del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos reaprovechables y los entrega a los recicladores autorizados por la Municipalidad según la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana. De otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y asignación de los Recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, que en su artículo 2º preceptúa que el Programa de Incentivos es un instrumento del Presupuesto por Resultados y está orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades a la mejora continua y sostenible de la gestión local. Que, es necesario tener presente que a través del artículo 5º de la norma citada, nuestra entidad es considerada como una de las 210 municipalidades de ciudades principales tipo "B", siendo así, mediante el Anexo Nº 02 y Nº 03 de la norma en comento se detallan las metas del Programa de Incentivos que deben de cumplir las Municipalidades de Ciudades Principales Tipo "B" al 31 de julio y al 31 de diciembre del 2016, respectivamente. Al respecto, dentro de las metas planteadas para las Municipalidades Tipo "B", se encuentra la Meta Nº 06: "Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios". Bajo este contexto, mediante Informe Nº 10-2016-DLAGGASC/MPH de fecha 01.06.2016, la responsable de la Gestión Integral Provincial de Residuos Sólidos, manifiesta que es necesario promover el reaprovechamiento de los residuos sólidos a través del reciclaje en el Distrito de Huacho, a efectos de elevar el porcentaje de segregación efectiva de las viviendas que participan actualmente en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de nuestro Distrito, presentando el proyecto de ordenanza que aprueba el incentivo ambiental denominado: "BONO SEPARA YA", contando con el Vº Bº de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, mediante Informe Nº 381-2016-GGASC/MPH, toda vez que es una de las metas a cumplir dentro del Programa de Incentivo 2016. Asimismo, a través del Informe Nº 126-2016-GAT/ MPH de fecha 07.07.2016, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que el proyecto de ordenanza en referencia tiene incidencia en materia tributaria y de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario y la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, nuestra institución tiene toda la atribución de poder exonerar o rebajar el pago respecto a los arbitrios de limpieza pública (Recojo de residuos sólidos), opinando favorablemente para su aprobación. Del mismo modo, la Gerencia Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal

Nº 484-2016-GAJ/MPH de fecha 08.06.2016, señala que el proyecto de ordenanza en mención no vulnera normal legal alguna, por lo que, considera viable su aprobación, ya que contribuiría a direccionar e impulsar el manejo adecuado de los residuos sólidos en nuestra Provincia, opinión ratificada por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 65-2016-GM/MPH de fecha 10.06.2016, de igual manera, mediante Dictamen Nº 003-2016/SP-MPH de fecha 14.07.2016, la Comisión de Servicios Públicos, emite opinión favorable a la aprobación del Proyecto de ordenanza en análisis; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL INCENTIVO AMBIENTAL DENOMINADO: "BONO SEPARA YA", PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE PARTICIPAN ACTIVAMENTE EN EL PROGRAMA DE SEGREGACION EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE HUACHO Artículo Primero.APROBAR el incentivo ambiental denominado: "BONO SEPARA YA", para los contribuyentes que participan activamente en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito de Huacho. Artículo Segundo.- FINALIDAD Brindar el incentivo tributario denominado: "BONO SEPARA YA" a favor de los contribuyentes titulares de predios destinados a uso Casa Habitación que participen activamente en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Huacho. Artículo Tercero.- OBJETIVO Promover el reaprovechamiento de los residuos sólidos a través del reciclaje en el Distrito de Huacho, mediante la implementación y aplicación de incentivos tributarios, a favor de los contribuyentes titulares de predios con uso Casa Habitación que segreguen sus residuos sólidos inorgánicos reaprovechables y se encuentren registrados en la base de datos que administra la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad. Artículo Cuarto.- DEFINICIONES Para la mejor aplicación operativa de la presente Ordenanza, se considerarán las siguientes definiciones: 1. Reaprovechar.- Reutilizar, volver a obtener un beneficio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización. 2. Reciclaje.- Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fin inicial u otros fines.

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