Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Martes 26 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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3. Recolección selectiva de residuos sólidos.- Acción de recoger los residuos segregados y/o separados en la fuente de generación para transferirlos a través de un medio de locomoción apropiado para su posterior acondicionamiento y comercialización. 4. Residuos sólidos inorgánicos.- Son llamados también residuos sólidos secos, como lo son: papel, cartón, plástico, vidrio, metales ferrosos (hechos de acero o hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, entre otros). 5. Residuos sólidos orgánicos.- Son aquellos que fácilmente se descomponen como lo son: restos de alimentos y poda de áreas verdes. 6. Residuos sólidos reaprovechables.- Aquellos residuos sólidos orgánicos e inorgánicos que pueden ser acondicionados para ser utilizados como insumo o materia prima para la elaboración de nuevos productos. 7. Segregación.- Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Artículo Quinto.- BENEFICIARIOS DEL BONO SEPARA YA Serán beneficiados con el 30% de descuento en el pago de su deuda de arbitrios de Limpieza Pública (recojo de residuos sólidos) del periodo fiscal más antiguo pendiente de pago, aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren destinados sólo a uso de casa habitación, que como mínimo lleven 02 meses efectuando la segregación de Residuos Sólidos Inorgánicos Reaprovechables en sus viviendas y se encuentren registrados en la base de datos que administra la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, aún cuando estos se encuentren en la vía coactiva. El descuento al que se refiere el párrafo anterior será considerado en función a cada mes que efectivamente se desarrolle la segregación de residuos sólidos inorgánicos reaprovechables, resultando su pérdida temporal en los meses que no se desarrolle dicha actividad. El descuento al que se refiere el presente artículo no es acumulativo a otros dictados o por dictarse por la municipalidad, no siendo además los bonos que se entreguen transferibles, puesto que sólo le sirven a quien se ha señalado como beneficiario. Artículo Sexto.PARTICIPACION DEL CONTRIBUYENTE La Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, se encargará de la actualización permanente de la Base de Datos de las viviendas empadronadas cuyos habitantes realizan las actividades de segregación en sus viviendas, a partir de la relación de participantes del Programa de Segregación en la Fuente de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Huacho; y, de aquellos que se incorporen en el presente ejercicio conforme al siguiente procedimiento: a) El mecanismo de empadronamiento inicial se realizará en las viviendas, en la modalidad casa por casa, con el apoyo del personal encargado por la Municipalidad Provincial de Huaura- Huacho. b) En el empadronamiento, se recabarán los nombres y apellidos, código del contribuyente, dirección de la vivienda y firma del participante y/o de su representante, quien será la persona capaz de proporcionar los datos y aceptar la entrega periódica de los residuos sólidos segregados. c) Posteriormente, en cada vivienda empadronada se colocará un Sticker que la identifique como vivienda participante; lo cual facilitará el recojo de los residuos sólidos segregados por el personal de la municipalidad. d) Si el contribuyente no se encuentra dentro de las urbanizaciones y/o zonas participantes del Programa de Segregación en Fuente de Residuos Sólidos Domiciliarios de la municipalidad, deberá coordinar con la directiva de su respectiva organización territorial debidamente registrada, a fin de que su respectiva urbanización, cooperativa de vivienda, asociación de vivienda o asentamiento humano sea evaluado e incorporado por la Municipalidad en dicho programa.

Artículo Sétimo.SENSIBILIZACION Y CAPACITACION La Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, se encargará de la sensibilización mediante talleres, actividades y capacitaciones relacionadas a la protección del medio ambiente, la correcta segregación y el Manejo Adecuado de los Residuos Sólidos cuyos beneficiarios son los participantes al BONO SEPARA YA. Artículo Octavo.- DE LOS ENCARGADOS DEL RECOJO SELECTIVO DE RESIDUOS SÓLIDOS SEGREGADOS RECICLABLES La Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad y las Organizaciones de Recicladores debidamente autorizados por la municipalidad, se encargarán de la recolección selectiva de los residuos sólidos segregados reciclables de aquellos contribuyentes registrados como participantes del programa. Artículo Noveno.- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO DE RECOJO SELECTIVO La Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, a través del personal del área de Segregación se encargará de la supervisión del servicio de recojo selectivo de residuos sólidos efectuada por los recicladores autorizados. Artículo Décimo.- REPORTE DE PARTICIPACION EN EL PROGRAMA Y APLICACION DEL BENEFICIO Los encargados de la recolección selectiva, deberán mensualmente remitir el reporte actualizado de las viviendas y personas participantes del Programa a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad para efectos del cumplimiento de lo establecido en el artículo quinto de la presente norma. Artículo Décimo Primero.- En virtud de lo dispuesto en los artículos precedentes, la presente Ordenanza será de aplicación exclusiva para los años fiscales 2016 y 2017. Artículo Décimo Segundo.- FACULTAR al Señor Alcalde a efecto que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Décimo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad y a la Gerencia de Administración Tributaria, adoptar las acciones pertinentes conducentes al efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1408653-1

Aprueban saneamiento de deudas por infracción y sanciones administrativas al tránsito y transporte dentro de la jurisdicción de la provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2016/MPH Huacho, 15 de julio de 2016 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA

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