Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de julio de 2016 /

El Peruano

de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación; Que, el artículo 10° de la Ley Nº 27314- Ley General de Residuos Sólidos, modificado por el artículo 1° del Decreto Legislativo Nº 1065, establece que las municipalidades son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos sólidos similares a éstos, en todo el ámbito de su jurisdicción; Que, a través del Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, el cual establece que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos de dicho Programa de Incentivos; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente presenta su propuesta para el cumplimiento de la Meta Nº 02 "Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en viviendas urbanas del Distrito", para acceder a los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2016; Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias Generales de Protección del Medio Ambiente, Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Asesoría Jurídica y Conciliación y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Aprobar el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito del Callao - 2016", cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente implemente el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito del Callao - 2016". Artículo 3.- Remitir copia del presente Decreto de Alcaldía al Ministerio del Ambiente, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1408660-1

CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; pudiendo exonerar derechos dentro de su jurisdicción, así como planificar el desarrollo urbano en sus circunscripciones, conforme lo reconocen los artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Perú; Que, el inciso 8 del artículo 195 de la referida Norma Suprema dispone que las Municipalidades son competentes para desarrollar y regular actividades en materia medio ambiental; Que, el numeral 3.1. del inciso 3 del artículo 73 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales, en materia de protección y conservación del ambiente, competencia para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece que las municipalidades son responsables de la gestión y manejo de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas similares a éstos originados por otras actividades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2016, cuya Meta 06 consiste en "Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del distrito, según el porcentaje categorizados para municipalidades de ciudades principales tipo B"; Que, el Instructivo publicado por el Ministerio del Ambiente para cumplir la referida Meta establece en la Actividad 3, Paso 1, la necesidad de constituir y acreditar un equipo técnico en el municipio liderado por funcionarios municipales para formular o actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos; asimismo en las actividades adicionales de la Actividad 3 se requiere elaborar el plan de acción y presupuesto para el año 2016; Que, con Ordenanza Municipal Nº 008-2014-MDBCDB, se aprobó el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Bellavista; Que, en las estrategias del Plan aprobado se señala en el inciso e) de la Línea de Acción 2: Fortalecimiento Institucional específica Revisión periódica del Plan con funcionarios y trabajadores de la Municipalidad como mínimo cada 2 años; Que, contando el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Bellavista con 2 años de ejecución, resulta necesario actualizarlo incorporando los cambios y adelantos tecnológicos y de gestión producidos en dicho período; Que con Resolución de Alcaldía Nº 241-2016-MDB se conformó el Equipo Técnico encargado de actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, mediante Informe Nº 023-2016-MDB/GGASC de fecha 12 de julio del 2016, la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad remite el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos 2016-2021; así como la actualización del Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Bellavista aprobado con Ordenanza Municipal Nº 008-2014-MDBCDB; TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE BELLAVISTA 2016-2021 Artículo Primero.- Aprobación APRUÉBASE el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Bellavista 2016-2021, que actualiza

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Bellavista 2016 - 2021
ORDENANZA Nº 016-2016-MDB Bellavista, 18 de julio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,

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