Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2016 (17/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de junio de 2016 /

El Peruano

y retención, así como también las de clausura, retiro o demolición; Que, los dispositivos legales referidos son la base y justificación del sistema sancionador municipal, que tiene como propósito dotar de eficacia coercitiva al ordenamiento legal sustantivo que rige a las municipalidades. Así también, las normas precitadas son la base sobre la que descansa la denominada "potestad sancionadora administrativa", establecida en el Capítulo II del Título IV de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que se atribuye a cualquiera de las Entidades de la Administración Pública, para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados; Que, cabe precisar que el ejercicio de la potestad sancionadora debe estar orientado dentro de un contexto de difusión y persuasión al administrado de los beneficios que devienen del cumplimiento de los dispositivos legales, así como de los perjuicios, dejando de lado la visión de este como un medio de recaudación. A tal efecto, resulta imprescindible que la actividad de la administración se encuentre cimentada en criterios de justicia, equidad, legalidad y seguridad jurídica que permitan cada vez un mejor servicio y atención oportuna a los vecinos; Que, la normatividad sancionadora vigente es la Ordenanza Nº 148-2001-MPI de fecha 26 de Diciembre de 2001, mediante la cual se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Sanciones Administrativas y la Escala de Infracciones y Sanciones Administrativas contenidas en Anexo 01, que tipifican una serie de conductas que la autoridad municipal considera como lesivas y por tanto son conductas que califica como infracciones. La precitada ordenanza fue materia de sucesivas modificatorias, introducidas mediante Ordenanzas que han regulado materias de competencia de las Gerencias de Desarrollo Urbano Ambiental, Tributaria y Servicios a la Ciudad; Que, además al momento de expedirse la referida Ordenanza aún se encontraba vigente el Reglamento Nacional de Construcciones y el Título II Segundo de la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimientopara la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común; por lo que es necesario adecuarla a los vigentes marcos normativos. Asimismo, se aprecia que la Ordenanza Nº 148-2001-MPI y modificatorias requiere, entre otros, de un reordenamiento integral que permita medir la gradualidad y diferenciar la calidad del infractor, acorde al principio de razonabilidad; Que, por lo expuesto corresponde reestructurar el régimen sancionador a fin de dotar de eficacia y celeridad a la función municipal en la jurisdicción del Distrito de Ilo, permitiendo así que se incorporen medidas preventivas y disuasivas que permitan un efectivo cumplimiento de las normas y que dichas medidas se encuentren debidamente actualizadas; Que, mediante Proveído Nº 732-2016-GPEMPI de la Gerencia de Planeamiento Estratégico que ratifica el Informe Técnico de la Sub Gerencia de Planes y Programas, contenida en el Informe Nº 98-2016-SGPP-GPE-MPI, e Informe Legal contenido en el Informe Legal Nº 240-2016-GAJ-MPI que ratifica el Informe Nº 073-2016-JCM-GAJ-MPI, se concluye que la propuesta se encuentra acorde a ley, de modo que corresponde aprobar la Ordenanza que regula el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad, de forma conjunta con el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, por encontrarse ajustada a la normatividad vigente; Así mismo, se tiene las actas de validación de los operadores administrativos y Gerencias competentes en materia de infracciones y sanciones de la Municipalidad que ratificaron el texto final de la propuesta de Ordenanza; Estando a lo expuesto y el Dictamen favorable de la Comisión de regidores correspondiente; en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9, inciso 8, y

el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Artículo Primero.- Aprobar el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Provincial de Ilo, cuyo texto está compuesto de treinta y uno (31) artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Finales, Formato 01- Notificación Preventiva y Formato 02- Papeleta de Infracción, que en anexos adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, el mismo que como Anexo 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza, quedando sin efecto el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante la Ordenanza Nº 1482001-MPI y sus modificatorias. Artículo Tercero.- Derogar las Ordenanzas Nº 1482001-MPI de fecha 26 de Diciembre de 2001, Ordenanza Nº 529-2012-MPI del 07 de Diciembre de 2012, y, así como modificarse los extremos de normas municipales que se opongan a lo que establece la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Precisar que los procedimientos iniciados bajo los parámetros de la Ordenanza Nº 1482001-MPI y sus modificatorias, se regirán bajo los mismos hasta su conclusión, salvo manifestación expresa de los administrados. Artículo Quinto.- Facultar al señor Alcalde a fin de que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Precisar que la presente Ordenanza entrará en vigencia a los siete (07) días siguientes de su publicación. Durante el indicado término, la municipalidad suspenderá las inspecciones a fin de ejecutar un programa de difusión del presente Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAISA y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas - CISA. Artículo Séptimo.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental, Gerencia de Servicios a la Ciudad y la Gerencia de Administración Tributaria, así como a sus unidades orgánicas dependientes, según lo que a cada una corresponda de acuerdo a sus competencias. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Informática, su publicación del mismo así como de los anexos de la Ordenanza, entre ellos el Reglamento RAISA y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas ­ CISA, en el Portal Institucional (www.mpi.gob.pe) POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. WILLAM D. VALDIVIA DÁVILA Alcalde 1393585-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN
Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Jazán
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029/MDJ-A Pedro Ruiz Gallo, 5 de mayo del año 2016

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