Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2016 (17/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de junio de 2016 /

El Peruano

se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, mediante expediente administrativo Nº 161715 de fecha 19 de febrero del 2015, el señor Lévano Ochoa Roberto Felix y Alicia Miyasiro Kohatsu, en calidad de propietarios, solicitan la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MPC, predio que cuenta con un área de 2.0000 HAS, inscrita en la Partida Electrónica Nº P17063807, ubicado en la Parcela 29 A Código Catastral 016316 Sector El Chilcal, jurisdicción del distrito de San Vicente, provincia de Cañete departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 066--2016-JVAH-SGOPGODUR-MPC, con fecha 27 de enero del 2016, la sub Gerencia de Obras Privadas, señala que se ha seguido los procedimientos administrativos establecidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modificación del Plan Urbano de Desarrollo a través del procedimiento de anexión al área urbana y Asignación de Zonificación, se ha cumplido con el periodo de difusión de la Propuesta de Modificación del Plan en la Municipalidad Provincial, por un periodo de 30 días Calendarios, no ha ingresado a la oficina de tramite documentario de la Municipalidad Provincial de Cañete, expedientes administrativos presentados por personas naturales o jurídicas de la Provincia formulando observaciones o recomendaciones debidamente sustentadas y por escrito, dentro de los 30 días calendarios de difusión de la propuesta, se ha cumplido con la cancelación de las tasas por derecho de Anexión de Predio al Área Urbana y Asignación de Zonificación; Que, mediante Informe Legal Nº 406-2015-GAJMPC, de fecha 16 de Septiembre del 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica, opina: dar inicio al procedimiento de aprobación de la propuesta de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación del predio urbano inscrito en la Partida Electrónica Nº P17063807, ubicado en el Sector El Chilcal Código Catastral 016316, Distrito de san Vicente- Provincia de Cañete solicitado por el Sr. Roberto Félix Lévano Ochoa y Alicia Miyasiro Kohatsu; Que mediante Oficio Múltiple Nº 010-2015-GODURMPC, de fecha 20 de octubre del 2015, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, invita a participar en la Audiencia Pública de los procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, llevándose a cabo la Audiencia Pública, quedando registrada mediante acta de asistencia en la que consta la asistencia de 32 personas, realizada el día 28 de octubre del 2015, en donde se consignan nombres apellidos y números de DNI y firmas de los participantes; Que, mediante Informe Nº 060-2015-SGREI-MPC, la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática, señala que en el expediente administrativo Nº 1617-2015, mediante la cual los señores Roberto LOTE MINIMO EN (m2) 90.00-240.00 160.00-200.00 240.00-300.00 1600 FRENTE MINIMO EN (ml) 6.00 8.00-10.00 8.00 20.00

Félix Lévano Ochoa y Alicia Miyasiro Kohatsu, solicitan la Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, publicado en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Cañete, con fecha 20 de noviembre del 2015; Que, de acuerdo a lo consignado en el Informe Nº 072-2016-G.D-GSG-MPC de fecha 10 de febrero del 2016, el encargado de Gestión Documentaria se desprende que no han ingresado documentos a la Municipalidad Provincial de Cañete, formulando observaciones o recomendaciones al Plan dentro de los 30 días calendarios de la difusión de la propuesta.; Que, en este orden de ideas, el Art. 49º del citado cuerpo normativo, señala que el Concejo Municipal Provincial, es competente para aprobar las modificaciones y/o actualizaciones a los planes que corresponda, considerando que las modificaciones deben ser, en procura de un óptimo beneficio para la comunidad. Tales modificaciones y/o actualizaciones pueden versar sobre "Plan de Acondicionamiento Territorial"; "Plan de Desarrollo Metropolitano" y "Plan de Desarrollo Urbano"; Que, la modificación y/o actualización del Plan de Desarrollo Urbano, se define en el literal 3, Numeral 3 del Art. 49º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, la misma que expresa: "Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan"; Que, de conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC de fecha 08 de junio de 1,995 y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC de fecha 20 de mayo del 2002, la zonificación que le corresponde al predio es U.A. (Uso Agrícola); Que, mediante Informe Legal Nº 71-2016-GAJMPC de fecha 23 de febrero del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es viable la aprobación de la propuesta de Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Nº 017-2013-MPC, mediante procedimiento de Anexión del área Urbana y Asignación de Zonificación del distrito de San Vicente, para el predio de propiedad de loS señores Roberto Felix Lévano Ochoa y Alicia Miyasiro Kohatsu, inscrita en la Partida Electrónica Nº P17063807, de la SUNARP; Que, con Dictamen Nº 10-2016-CODUR-MPC de fecha 18 de mayo del 2016, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar la propuesta de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, para el predio que cuenta con un área de 2.0000 HAS. Inscrito en la partida Nº P17063807, ubicado en el Sector el Chilcal, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima de propiedad del Sr. Roberto Félix Lévano Ochoa y Alicia Miyasiro Kohatsu; Zonificación Residencial Densidad Media (R-3- R-4) cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: ALTURA DE EDIFICACION 3 PISOS 3(1) 4 4-5 (3) DENSIDAD NETA (HAB/HA) 200-250 250-500 600 600 30.00% AREA LIBRE ESTACIONAMIENTO MINIMO NO EXIGIBLE 1 CADA DOS VIVENDAS 1 CADA DOS VIVENDAS 1 CADA DOS VIVENDAS

USOS ZONIFICACION RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA R-3 Y R-4 UNIFAMILIAR BIFAMILIAR MULTIFAMILIAR (1) CONJUNTO RESIDENCIAL

Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica, con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; se aprobó la Siguiente Ordenanza:.

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