Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2016 (05/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 100

579982

NORMAS LEGALES

Sábado 5 de marzo de 2016 /

El Peruano

1. Econ. Jaime Gonzaga Correa: Presidente Gerente Municipal 2. Ingº. Rosario Chumacero Córdova: Primer Miembro Gerente Territorial y de Transporte 3. Econ. Luis Alama Alzamora: Segundo Miembro Gerente de Planificación y Desarrollo Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a los miembros del Comité constituido, el cual se instalará inmediatamente después de notificados y su actuación se ceñirá estrictamente a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de esta Entidad Pública. Artículo Cuarto.- Remitir la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 7-2016-A/MPP de fecha 11 de enero de 2016. Artículo Sexto.- Dése cuenta a los integrantes, a la Gerencia Municipal, Gerencia Territorial y de Transporte, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración, Oficina de Infraestructura, División de Obras, División de Estudios y proyectos, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSCAR RAÚL MIRANDA MARTINO Alcalde 1351392-1

el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario; por lo que la autorización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 074-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Artículo 2º establece que "la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente en el interés nacional o en el interés específico de la institución. Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional". Estando a lo expuesto, con el uso de las facultades conferidas por el Inciso 11) del Artículo 9º y Artículo 17º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal Distrital de Pichanaqui, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 004-2016 de fecha 22 de febrero de 2016, por unanimidad; ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Puerto Rico del 07 al 11 de marzo 2016, al Econ. Zósimo Cárdenas Muje, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, a fin de participar en la Reunión de Directorio de la Red Iberoamericana de Bosques Modelo (RIABM), con el objetivo de asegurar el compromiso gubernamental hacia el desarrollo sostenible, de acuerdo a los fundamentos expuestos. Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de pasajes y otros gastos de representación, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por D.S. 056-2013-PCM, los art. 5º y 6º, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización al Exterior de servidores y funcionarios públicos, gastos de pasajes de Pichanaqui ­ Lima ­ Puerto Rico y viceversa. Regístrese. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Alcalde 1351857-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI
Autorizan viaje de Alcalde a Puerto Rico, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2016-MDP Pichanaqui, 23 de febrero de 2016 VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 0042016 de fecha 22 de febrero de 2016, el Expediente Nº 2371 de fecha 22 de febrero 2016 mediante la cual la Red Iberoamericana de Bosques Modelo (RIAMB), convoca al Sr. Alcalde al evento que se realizará en la ciudad de Puerto Rico del 07 al 11 de marzo 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, concordante con

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.