Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2016 (05/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Sábado 5 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

579981

Visto, el Memorando Nº 061-2016-GM/MPP de fecha 2 de febrero de 2016, de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, se establece los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la citada Ley, establece que el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como: i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia conforme lo establecido en el artículo 6. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal ejercen las funciones del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, y ii) Órgano de coordinación con PROINVERSIÓN en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último; Que, asimismo, el numeral 8.2 del citado artículo 8 de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, ha previsto que en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir

del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento, las entidades públicas emitirán la Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía mediante la cual se designa a los miembros del Comité de Inversiones conforme a lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley, la cual debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas dentro del mencionado plazo máximo, el cual venció el 11 de enero de 2016; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 7-2016-A/ MPP de fecha 11 de enero de 2016 se conformó la Comisión Multianual de Inversiones en Asociaciones Públicas Privadas de esta Municipalidad Provincial de Piura; Que, a través del Memorando del Visto, se dispone dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 7-2016A/MPP, y se constituya el Comité de Inversiones encargado de Planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, precisando a los miembros que lo integrarán; Que, estando a lo expuesto, contándose con el Visto Bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, Decreto Legislativo Nº 1224; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir el Comité de Inversiones encargado de planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, el mismo que estará conformado de la manera siguiente:

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