Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2016 (19/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 19 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES
ANEXO 01

581341

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 021-2016-MPL-GPV de fecha 07 de Marzo de 2016, de la Gerencia de Participación Vecinal; el Proveído Nº 242-2016 del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º de la Ordenanza Nº 203-MPL, establece que el proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación local, constituye un mecanismo democrático que permite la participación de la Sociedad Civil del Distrito de Pueblo Libre en dicho órgano; Que, el artículo 18º de la citada norma, establece que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local y designa un Comité Electoral, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendario antes del vencimiento del mandato de dichos representantes. El Decreto de Alcaldía de convocatoria, además, establecerá el calendario electoral, el cual deberá incluir como mínimo, las siguientes fechas: cierre de inscripciones en el libro de registro; publicación del padrón electoral; plazo de impugnación del padrón; plazo de inscripción de candidatos; publicación de relación de candidatos; plazo para formular tachas contra los candidatos; lugar, fecha y hora de las elecciones y publicación de resultados; Que, mediante Informe Nº 021-2016-MPL-GPV de fecha 07 de marzo de 2016, la Gerencia de Participación Vecinal remite el calendario de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local ­CCLD para el período 2016-2018, a fin que se elabore el correspondiente Decreto de Alcaldía; Que, en consecuencia, es necesario establecer el Cronograma del Proceso Electoral, todo ello con la finalidad de concretar el proceso democrático de elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Pueblo Libre; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del distrito de Pueblo Libre para el sábado 30 de abril de 2016, conforme al Cronograma que como anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DESIGNAR a los miembros del Comité Electoral encargado del proceso eleccionario a que se refiere el Artículo Primero del presente Decreto: · Presidente :Gerente de Participación Vecinal · Secretario :Gerente de Desarrollo Humano, familia y DEMUNA · Vocal :Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Social y DEMUNA y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General y Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional www.muniplibre.gob. pe respectivamente, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del mismo. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde

CALENDARIO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL CCLD. PERIODO 2016-2018
ACTIVIDADES CIERRE DE INSCRIPCION EN LIBRO DE REGISTROS PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL Y PRESENTACION DE IMPUGNACIONES PLAZO PARA RESOLVER IMPUGNACIONES DEL PADRON PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL DEFINITIVO PLAZO DE INSCRIPCION DE CANDIDATOS PUBLICACION DE RELACION DE CANDIDATOS Y PRESENTACION DE TACHAS PLAZO PARA RESOLVER LAS TACHAS PUBLICACION FINAL DE LA RELACION DE CANDIDATOS ACTO ELECTORAL LUGAR:PALACIO MUNICIPAL AV.GENERAL VIVANCO Nº 857 PUEBLO LIBRE LOCAL OMAPED FECHA DE PUBLICACION Del 26 de Marzo Del 01 de Abril Del 05 de Abril Del 12 de Abril Del 15 de Abril Del 21 de Abril Del 23 de Abril FECHA DE INICIO FECHA DE CIERRE 23 de Marzo 31 de Marzo 04 de Abril 11 de Abril 14 de Abril 20 de Abril 22 de Abril 29 de Abril

30 de Abril Hora: de 10:00 A 13:00 horas 02 de Mayo

1357647-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Modifican el artículo segundo del D.A. Nº 001-2016/MVMT, que conforma el Comité Electoral para el Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, para el periodo 2016 - 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2016/MVMT Villa María del Triunfo, 15 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO: VISTO, el Memorándum Nº 082A-2016-GM/MVMT de fecha 15 de Marzo del 2016 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 038-2016-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre modificación de la Conformación del Comité Electoral en el Proceso de Elección del CCLD; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestación de Servicios Públicos, así como el Desarrollo Integral de su Jurisdicción; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece

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