Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2016 (02/05/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Lunes 2 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES
VISTO:

586057

Resolución Ejecutiva Regional en la cual se designe a los miembros del Comité de Inversiones del Gobierno Regional de San Martín ­ CI; el cual se encargará de tramitar y evaluar los proyectos que sean presentados mediante el mecanismo de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos que sean de competencia regional o cuyo alcance abarque más de una provincia, en el marco de las funciones que se le confieren en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa, que en su Capítulo VII, referente a la asignación de funciones y el desplazamiento en su artículo 82, indica que el encargo es temporal excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal, por lo que en atención a lo solicitado es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902 y 28013, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-2015-GRSM/CR, y con Vistos de la Gerencia General Regional, la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible y la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros del Comité de Inversiones del Gobierno Regional de San Martín ­ CI, el cual se encargará de tramitar y evaluar los proyectos que sean presentados ante el Gobierno Regional de San Martín mediante el mecanismo de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos, en el marco de las funciones que se le confieren en el Decreto Legislativo Nº 1224 ­ Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento; quedando éste conformado por los siguientes funcionarios: · Gerente General Regional, quien lo presidirá. · Jefe de la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible, como primer miembro. · Director de la Oficina Regional de Administración, como segundo miembro. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible del Gobierno Regional de San Martín comunique la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Asesoría Legal y la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MANUEL NORIEGA REÁTEGUI Gobernador Regional 1374437-1

La Resolución Ejecutiva Regional Nº 203-2016GRSM/GR, de fecha 23 de marzo del 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes Nº 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en la expedición de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 203-2016-GRSM/GR, de fecha 23 de Marzo del 2016, se consignó erróneamente en el Artículo Segundo de la parte resolutiva, dice: ENCARGAR a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley; siendo lo correcto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley; Que, de conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, respecto a la rectificación de errores materiales o aritméticos en los actos administrativos, éstos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; indicando además en su artículo 201.2 que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902 y 28013, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-2015-GRSM/CR, y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR la Resolución Ejecutiva Regional Nº 203-2016-GRSM/GR, de fecha 23 de Marzo del 2016, en la cual se consignó erróneamente en el Artículo Segundo de la parte resolutiva, dice: ENCARGAR a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley; siendo lo correcto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley. Artículo Segundo.- DEJAR subsistentes los demás extremos de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 2032016-GRSM/GR, de fecha 23 de Marzo del 2016, en cuanto no se opongan a la presente. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Asesoría Legal y la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MANUEL NORIEGA REÁTEGUI Gobernador Regional 1374437-2

Rectifican la Resolución Ejecutiva Regional N° 203-2016-GRSM/GR
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 215-2016-GRSM/GR Moyobamba, 1 de abril de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.