Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2016 (03/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de mayo de 2016 /

El Peruano

DISTRITO DE MI PERÚ ­ 2016, el mismo que obra como anexo adjunto, formado parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen Institucional las acciones para la difusión y publicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo Quinto.- DEROGAR, toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1374570-3

Aprueban procedimientos para el reconocimiento de Organizaciones Sociales y el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 015-MDMP Mi Perú, 15 de abril de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 048-2016-MDMP/GPV, de la Gerencia de Participación Vecinal, a través del cual remite el Proyecto de Ordenanza que establece los procedimientos para el reconocimiento de Organizaciones Sociales y el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Mi Perú, el Informe Nº 045-2016-MDMP/GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica y el Dictamen Nº 02-2016-CPV-MDMP, emitido por la Comisión de Participación Vecinal. CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 048-2016-MDMP/GPV, el Gerente de Participación Vecinal, señala que: - Que, remite Proyecto de Ordenanza que establece los procedimientos para el reconocimiento de Organizaciones Sociales y el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Mi Perú. - Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, faculta a dicha Gerencia en esta competencia. Que, mediante el Informe Nº 045-2016-MDMP/GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica, anota lo que se detalla: - Que, la Constitución Política del Perú, reconoce como derecho de la persona el asociarse y constituir diversas formas de organización jurídica para la consecución de sus fines, sin autorización previa y con arreglo a ley; así como, el de participar en forma individual o asociada en la vida política, económica, social y cultural de la Nación; más aún como derecho y deber de participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. - Que, en consecuencia las personas pueden organizarse para la defensa de sus derechos e intereses, así como, para participar en el gobierno municipal de su jurisdicción, de acuerdo a Ley.

- Que, los vecinos de Mi Perú han venido organizándose en diferentes formas, habiendo adoptado en unos casos las formas previstas por ley y, en otros casos, constituyendo agrupaciones que es necesario normar. - Que, es conveniente que tales organizaciones conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de su localidad, a través de diversos mecanismos, y como un medio concreto para el fortalecimiento de la democracia desde su base social. - Que, las relaciones entre las municipalidades y las organizaciones sociales deben desarrollarse dentro de un marco democrático, sin que ello signifique injerencia en sus asuntos internos que desnaturalicen su autonomía. - Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece como competencia de las municipalidades el promover y organizar las formas de participación de los vecinos en el desarrollo local. - Que, en virtud de lo expuesto se hace necesario otorgar a diversas organizaciones sociales un reconocimiento municipal que les otorgue la capacidad legal de ser sujeto de derechos y obligaciones frente a los órganos del gobierno local, para lo cual se requiere crear un sistema de registro que constate y certifique la legitimidad de los representantes de las organizaciones sociales y hacer más eficaz la participación ciudadana en la gestión local - Que, la Municipalidad Distrital de Mi Perú, como parte de su proceso de modernización considera importante para los planes y objetivos que se han trazado, el crear UN REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS), que contemple el reconocimiento y registro ordenado de todas las organizaciones sociales, a fin de consolidar su institucionalidad y lograr una justa representación en los mecanismos de articulación generados por el gobierno local para compartir los desafíos del desarrollo local. - La inscripción en el RUOS habilita a las Organizaciones Sociales a participar en el proceso de la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, en el proceso del Presupuesto Participativo, en el Plan Integral de Desarrollo del Distrito, en la conformación de las instancias de la gestión de los Programas Sociales y en cualquier otro mecanismo o instancia de participación ciudadana existente o que se institucionalice en el futuro en el distrito. - Tratándose de Organizaciones Sociales que no cuenten con personería jurídica, su inscripción en el RUOS constituye un requisito indispensable para tales efectos. - La Gerencia de Participación Vecinal programará periódicamente jornadas de capacitación dirigidas a los representantes de las Organizaciones Sociales que soliciten su inscripción en el RUOS, para informarles los beneficios, derechos y obligaciones que se derivan de su reconocimiento por parte del Gobierno Local. - Por dichas consideraciones, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es necesario aprobar el Proyecto de Ordenanza que establece los procedimientos para el reconocimiento de Organizaciones Sociales y el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Mi Perú. Que, habiendo sido revisado y evaluado el proyecto de texto del el Proyecto de Ordenanza que establece los procedimientos para el reconocimiento de Organizaciones Sociales y el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Mi Perú, por las Comisión de Participación Vecinal, mediante Dictamen Nº 02-2016CPV- -MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el anotado proyecto. Que, es política de la Institución Municipal promover la participación ciudadana y la consolidación de las Organizaciones Sociales, para lo cual es fundamental aprobar la norma que regule el registro de reconocimiento de las diversas organizaciones sociales. Que, los artículos 111º y 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala textualmente "Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de

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