Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2016 (06/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de mayo de 2016 /

El Peruano

literal a) y sus modificatorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Memorando N° 119/2016-GRPPECHP-406000, de fecha 16 de febrero de 2016 (HRyC N° 07387), la Gerencia General del Proyecto Especial Chira Piura remitió, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta del Manuel de Operaciones en atención a la emisión de la Resolución Jefatural N° 562-2013-ANA de fecha 23 de diciembre de 2013, a través de la cual la Autoridad Nacional del Agua, otorga al Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura el Título Habilitante como Operador de Infraestructura Hidraúlica del "Sector Hidraúlico Mayor Chira Piura ­ Clase A"; conformante del Sistema Hidráulico Común Chira-Piura, disponiéndose su inscripción en el Registro de Operadores de Infraestructura Hidráulica; Que, asimismo es necesario tener en cuenta la Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado con R.C. N° 163-2015-CG, ha de tenerse en cuenta la adición de funciones conforme lo señala la citada Directiva, para la Oficina de Control Institucional; Que, del análisis documental de la propuesta de actualización del Manuela de Operaciones del Proyecto Especial Chira Piura, se puede apreciar que dicha información, se encuentra ratificado y validado con los informes de los órganos estructurales vinculantes, como son la: Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, a través del INFORME N° 0312015/GRP-410300 del 28 de marzo de 2016 y, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, a través del INFORME Nº 787-2016/GRP-460000 de fecha 05 de abril de 2016; Que, asimismo remitido a la Secretaria del Consejo Regional, el Equipo de Apoyo de Comisiones, mediante Informe N° 031-2016/GRP-200010, de fecha 19 de abril de 2016, concluyó y recomendó que estando a lo fundamentado en los informes técnicos legales -señalados en el párrafo precedente- se cuenta con el sustento técnico y jurídico de las áreas competentes, debiéndose en tal sentido tramitar a la Comisión Regional de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, para el dictamen correspondiente; Que, la Comisión Regional de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, dictaminó, que lo solicitado por el Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, se encuentra dentro de la tipificación normativa vigente, debiéndose remitir al pleno del Consejo Regional para su aprobación, conforme a Ley; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 04-2016, de fecha 20 de abril de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE OPERACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL CHIRA PIURA Artículo Primero.- ACTUALIZAR el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Chira Piura, aprobado con la ordenanza Regional N° 257-2013/GRP-CR, el cual se encuentra definido en diez (10) títulos; dos (02) capítulos; cuarenta y cinco (45) artículos y su organigrama, que describen las funciones de sus Unidades Orgánicas que integran su estructura orgánica, acorde con el diseño organizacional contenido en el texto íntegro de la propuesta del Manual de Operaciones ­ PECHP, adjunto al Memorando N° 119/2016-GRP-PECH-406000 identificado con HRyC 07387, presentado por la Gerencia General del Proyecto Especial Chira Piura. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto, todo aquello que contravenga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia

General Regional, en coordinación con Gerencia General del Proyecto Especial Chira Piura, la implementación de la presente Ordenanza Regional, así como su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional Piura. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veinte días del mes de abril del año dos mil dieciséis. ELIGIO SARANGO ALBUJAR Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil dieciséis. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1376011-1

Disponen la publicación de concesiones mineras aprobadas en el mes de abril del 2016
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS - PIURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 045-2016/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR Piura, 22 de abril del 2016 CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nºs. 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función específica para los gobiernos regionales "Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional"; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 5502006 y 121-2008-MEM-DM, se declaro que el Gobierno Regional Piura, concluyo el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de: "Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que en aplicación de los dispuesto en el artículo 117 y 124 del Decreto Supremo Nº 014-92- EM, en lo relacionado al Procedimiento Ordinario Minero, en concordancia con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que mediante Ordenanza Regional Nº 310-2015/GRPCR, publicado con fecha 11 de abril del año 2015, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, en el que en su artículo 5 inciso f, se encuentra la función de Otorgar Concesiones Mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento; Con la visacion de la Direccion de Concesiones y Catastro Minero y Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Oficial "El Peruano" el otorgamiento de 09 concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Abril del 2016, por la Dirección Regional de Energía y Minas del

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