Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2016 (06/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 6 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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por conceptos de instalación y traslado, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, publicado el 19 de mayo de 2013 y lo establecido en los numerales 6.2.1.2 y 6.2.1.4 de la Directiva DI-231GAD/003 "Solicitud, Otorgamiento y Rendición de Cuenta por Comisión de Servicio", Segunda Versión, aprobada con Resolución Secretarial N° 96-2015/SGEN/RENIEC (07DIC2015); Que, adicionalmente mediante el Informe N° 0011152016/GAD/SGLG/RENIEC (03MAY2016) de Vistos, la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, indica que el costo por pasaje aéreo a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América, asciende a la suma de US$ 1,200.00 dólares americanos, incluye FEE (US$ 34.00) y el TUAA; Que, bajo lo expuesto, debido a la naturaleza del evento, resulta de interés institucional atender la invitación formulada, por lo que, en el marco de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, que a la letra dice: "En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (...)", esta Jefatura Nacional estima conveniente autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor FLAVIO ENRIQUE RODRÍGUEZ ROBLES, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del RENIEC, a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 09 al 14 de mayo de 2016, según itinerario de viaje; Que, corresponde señalar que, la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, a través del Informe N° 000067-2016/GTH/SGAL/RENIEC (04MAY2016) de Vistos, emite opinión jurídica señalando que el viaje en comisión de servicios indicado en el considerando precedente, se encuentra enmarcado en los dispositivos legales que regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 27619 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado en parte con Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; asimismo, en el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, que establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos, en el caso de organismos constitucionalmente autónomos, son autorizadas por resolución del titular de la entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 60-2016/JNAC/RENIEC (03MAY2016), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 04 al 07 de mayo de 2016. Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado en parte por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS modificado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor FLAVIO ENRIQUE RODRÍGUEZ ROBLES, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 09 al 14 de mayo de 2016, que participará en la 53° Sesión del Grupo de Trabajo IV de la UNCITRAL, en la cual se abordará una propuesta de Ley Modelo para Documentos Electrónicos, la misma que se realizará en la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América.

Artículo Segundo.- Los gastos que genere la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el RENIEC de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo: Pasaje aéreo incluye FEE (US$ 34.00) y TUAA. Viáticos: Viáticos (US$ 440.00 por 5 días) Por concepto de instalación y traslado (US$ 440.00 por 01 día) Total: US$ 1,200.00 US$ 1,200.00 Total: US$ 2,640.00 US$ 2,200.00 US$ 440.00

Artículo Tercero.- DISPONER, que el señor FLAVIO ENRIQUE RODRÍGUEZ ROBLES, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1376528-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a EDPYME Credivisión S.A. el traslado de su Agencia Urcos ubicada en el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 2246-2016 Lima, 20 de abril de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por EDPYME Credivisión S.A. para que se le autorice el traslado de su Agencia Urcos, ubicada en el distrito Urcos, provincia de Quispicanchis, departamento del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 672-2007 del 28.05.2007, se autorizó a EDPYME Credivisión S.A. la apertura de una agencia ubicada en Calle Francisco Subiaga Nº 122, del distrito Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento del Cusco; Que, mediante Resolución SBS Nº 872-2007 del 06.07.2007, se autorizó a EDPYME Credivisión S.A. el cambio de dirección de la agencia ubicada en Calle Francisco Subiaga Nº 122 a la Av. Mariano Santos Nº 205, del distrito Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento del Cusco; Que, en sesión de Directorio de fecha 01.03.2016 se acordó el traslado de la agencia materia de la solicitud; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente.

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