Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2016 (13/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de mayo de 2016 /

El Peruano

por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0369-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 472-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 011,88 m2, ubicado en la Avenida Nicolás Ayllón, kilómetro 7 de la Carretera Central, colindante con la Asociación de Vivienda "Nuevo Horizonte" y Cementerio (Cerro Candela) distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 2 020,40 m2, ubicado en la Avenida Nicolás Ayllón, kilómetro 7 de la Carretera Central, colindante con la Asociación de Vivienda "Nuevo Horizonte" y Cementerio (Cerro Candela) distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° IX - Sede Lima, remite el Informe Técnico N° 21700-2015-SUNARP-Z.R.N°IX-OC de fecha 15 de octubre de 2015 (folio 16), respecto del predio de 2 011,88 m2, informando que el predio en consulta, a la fecha, se visualiza en una zona donde no se ha identificado antecedente grafico-registral; Que, sobre el área inicial de 2 020,40 m2, se ha recortado un área total de 8.52 m2 por encontrarse superpuesta con el territorio comunal de la Comunidad Campesina de Collanac Sector A, por lo que el área a inmatricular a favor del Estado será de 2 011,88 m2; Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de abril de 2016 (folio 21) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, suelo de textura arenosa con afloramiento rocoso, forma irregular, topografía con presencia de colinas y pendiente moderadamente escarpada, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 011,88 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan

el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0508-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de abril de 2016 (folios 22 y 23); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 011,88 m2, ubicado en la Avenida Nicolás Ayllón, kilómetro 7 de la Carretera Central, colindante con la Asociación de Vivienda "Nuevo Horizonte" y Cementerio (Cerro Candela) distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX ­ Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-4 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0370-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 287-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 919,98 m2, ubicado colindante con la Organización Talleres Vivienda "Santa Rosa" de la zona "S", con la franja comercial "S" y "T" tercera etapa del Proyecto Especial Huaycán y con cerros eriazos de Ate, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 5 919,98 m2, ubicado colindante con la Organización Talleres Vivienda "Santa Rosa" de la zona "S", con la franja comercial "S" y "T" tercera etapa del Proyecto Especial Huaycán y con cerros eriazos de Ate, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral;

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