Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2016 (13/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 13 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Casma. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-16 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0391-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 391-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 220,75 m², ubicado al Norte del sitio Arqueológico Santa Ana a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (tramo Carrizal ­ Casa Blanca), sector Santa Ana, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 48 360,43 m², ubicado al Norte del sitio Arqueológico Santa Ana a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (tramo Carrizal ­ Casa Blanca), sector Santa Ana, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Casma, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 28 de diciembre de 2015 elaborado sobre la base del Informe Técnico N° 1071-2015-Z.R.N°VII/OC-HZ de fecha 07 de diciembre de 2015 (folio 04) donde señala que no existe superposición gráfica con predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de marzo de 2016 (folio 09) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, composición de suelo arenosa, topografía con pendiente menor a 5 % aproximadamente, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio materia de consulta existen áreas que se encuentran en proceso de inscripción a favor del Estado, corresponde redefinir el área materia a ser incorporada, siendo esta un área de 3 220,75 m², ubicado al Norte del sitio Arqueológico Santa Ana a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (tramo Carrizal ­ Casa Blanca), sector Santa Ana, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio

a favor del Estado del terreno eriazo de 3 220,75 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0511 - 2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de abril de 2016 (folios 10 y 11); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 220,75 m², ubicado al Norte del sitio Arqueológico Santa Ana a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (tramo Carrizal ­ Casa Blanca), sector Santa Ana, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Casma de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Casma. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-17 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0392-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 385-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 15 319,34 m2, ubicado al Norte del muelle Municipal Centenario, a 357 metros Oeste aproximadamente de la Avenida Pescadores, distrito de Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 15 319,34 m2, ubicado al Norte del muelle Municipal Centenario, a 357 metros Oeste

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