Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2016 (13/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de mayo de 2016 /

El Peruano

bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0478-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 22 de abril de 2016 (folios 33 y 34); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 436,38 m2, ubicado colindante al Asentamiento Humano Proyecto Integral Señor de Muruhuay, segunda etapa, Asentamiento Humano Ampliación Jesús Oropeza Chonta y Asentamiento Humano Las Begonias, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX ­ Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-12 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0381-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de abril de 2016 Visto el Expediente N°104-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 521 782,09 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado San Jacinto, en la margen izquierda de la carretera departamental AN-104 (tramo Nepeña ­ Moro) a 2.5 kilómetros aproximadamente y al Norte del cerro Ping Pong, distrito de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Ancash, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 1 981 027,24 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado San Jacinto, en la margen izquierda de la carretera departamental AN-104 (tramo Nepeña ­ Moro) a 2.5 kilómetros aproximadamente y al Norte del cerro Ping Pong, distrito de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII ­ Sede Huaraz, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 08 de febrero del 2016 elaborado sobre la base del Informe Técnico N° 1536-2015-Z.R.N°VII/OCHZ de fecha 03 de diciembre de 2015 (folio 12) donde señala que no existe superposición gráfica con predios inscritos;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de marzo de 2016 (folio 17) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, tipo de suelo arenoso, con presencia de rocas por el lado Oeste, presenta una topografía con pendientes que oscilan entre 5 % a 10% aproximadamente, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión existen áreas que se encuentran en proceso de inscripción se procedió a redefinir el área materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 1 521 782,09 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado San Jacinto, en la margen izquierda de la carretera departamental AN-104 (tramo Nepeña ­ Moro) a 2.5 kilómetros aproximadamente y al Norte del cerro Ping Pong, distrito de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Ancash; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 521 782,09 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0482 - 2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 22 de abril de 2016 (folios 18 y 19); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 521 782,09 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado San Jacinto, en la margen izquierda de la carretera departamental AN-104 (tramo Nepeña ­ Moro) a 2.5 kilómetros aproximadamente y al Norte del cerro Ping Pong, distrito de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Chimbote. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379427-13 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0384-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de abril de 2016

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