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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (17/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 43

604361 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2016 El Peruano / Artículo 2º.- Las Áreas Geográ fi cas a que se refi ere el artículo 1º, comprende a los siguientes departamentos: Área 1 : Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín Área 2 : Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica Área 3 : Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali Área 4 : Arequipa, Moquegua y TacnaÁrea 5 : LoretoÁrea 6 : Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.Artículo 3º.- Los Índices Uni fi cados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afi nes. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fl etes. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe(e) 1454450-1Cod. 1 2 3 4 5 6 Cod. 1 2 3 4 5 6 41 401,34 401,34 401,34 401,34 401,34 401,34 34 413,86 413,86 413,86 413,86 413,86 413,86 43 702,16 640,92 862,21 641,80 1079,25 889,05 38 422,28 947,22 872,49 573,15 (*) 688,89 45 315,01 315,01 315,01 315,01 315,01 315,01 40 378,13 404,26 448,33 335,39 272,89 331,41 47 562,24 562,24 562,24 562,24 562,24 562,24 42 286,61 286,61 286,61 286,61 286,61 286,61 49 303,44 303,44 303,44 303,44 303,44 303,44 44 369,26 369,26 369,26 369,26 369,26 369,26 51 264,41 264,41 264,41 264,41 264,41 264,41 46 488,86 488,86 488,86 488,86 488,86 488,86 53 625,21 625,21 625,21 625,21 625,21 625,21 48 368,83 368,83 368,83 368,83 368,83 368,83 55 520,63 520,63 520,63 520,63 520,63 520,63 50 722,12 722,12 722,12 722,12 722,12 722,12 57 323,85 323,85 323,85 323,85 323,85 323,85 52 302,38 302,38 302,38 302,38 302,38 302,38 59 237,70 237,70 237,70 237,70 237,70 237,70 54 375,63 375,63 375,63 375,63 375,63 375,63 61 213,29 213,29 213,29 213,29 213,29 213,29 56 414,71 414,71 414,71 414,71 414,71 414,71 65 222,10 222,10 222,10 222,10 222,10 222,10 60 295,99 295,99 295,99 295,99 295,99 295,99 69 389,45 327,82 428,87 488,52 269,39 451,51 62 469,96 469,96 469,96 469,96 469,96 469,96 71 672,40 672,40 672,40 672,40 672,40 672,40 64 319,97 319,97 319,97 319,97 319,97 319,97 73 541,86 541,86 541,86 541,86 541,86 541,86 66 680,10 680,10 680,10 680,10 680,10 680,10 77 315,06 315,06 315,06 315,06 315,06 315,06 68 216,81 216,81 216,81 216,81 216,81 216,81 70 218,25 218,25 218,25 218,25 218,25 218,25 72 415,95 415,95 415,95 415,95 415,95 415,95 78 490,27 490,27 490,27 490,27 490,27 490,27 80 106,99 106,99 106,99 106,99 106,99 106,99 (*) Sin Producción Nota: El cuadro incluye los índices uni fi cados de código: 30, 34, 39, 47, 49 y 53, que fueron aprobados mediante Resolución Jefatural Nº 373-2016-INEI. Factores de Reajuste aplicables a obras de edificación, correspondiente a las seis Áreas Geográficas para las Obras del Sector Privado, producidas en el mes de octubre de 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 390-2016-INEI Lima, 15 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, para uso del Sector Privado de la Construcción, deben elaborarse los Factores de Reajuste correspondientes a las obras de Edi fi cación de las seis (6) Áreas Geográ fi cas del país, aplicables a las obras en actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen modalidad distinta de reajuste; Que, para tal efecto, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-10-2016/DTIE, referido a los Factores de Reajuste para las Áreas Geográ fi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al período del 1 al 31 de Octubre de 2016 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural pertinente, así como disponer su publicación en el diario o fi cial El Peruano; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edi fi cación, correspondiente a las seis (6) Áreas Geográ fi cas para las Obras del Sector Privado, derivados de la variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el período del 1 al 31 de Octubre de 2016, según se detalla en el cuadro siguiente: OBRAS DE EDIFICACIÓN ÁREAS Edi fi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) No. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1,0000 1,0011 1,0011 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0006 1,0006 1,0000 1,0014 1,0014 2 1,0000 0,9996 0,9996 1,0000 0,9994 0,9994 1,0000 0,9993 0,9993 1,0000 0,9997 0,9997 3 1,0000 1,0007 1,0007 1,0000 1,0008 1,0008 1,0000 1,0002 1,0002 1,0000 1,0009 1,0009