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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (22/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

604790 NORMAS LEGALES Martes 22 de noviembre de 2016 / El Peruano de Procesos Electorales y 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, mediante Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 28 de junio de 2016, se acordó solicitar la convocatoria a Elecciones Municipales en tres circunscripciones creadas durante el año 2015, a través de las Leyes N°s. 30310 y 30320; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, el Presidente de la República convoca a elecciones municipales con una anticipación no menor de 240 días naturales a la fecha de las elecciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2016- PCM, el Poder Ejecutivo convoca a Elecciones Municipales, para el día 12 de marzo de 2017, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones que se detallan a continuación: (i) Distrito de Neshuya, de la provincia de Padre Abad, del departamento de Ucayali; (ii) Distrito de Alexander Von Humboldt, de la provincia de Padre Abad, del departamento de Ucayali; y (iii) Distrito de Pucacolpa, de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; Que, mediante O fi cio Nº 00759-2016-P/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones ha solicitado recursos adicionales así como para la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y para el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil a fi n de fi nanciar las actividades preliminares – Año 2016 de las Elecciones Municipales 2017 en las tres (3) circunscripciones municipales convocadas; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma total de CUATRO MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 4 087 067,00) a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, O fi cina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, destinada al fi nanciamiento de los conceptos indicados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los mencionados pliegos en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CUATRO MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 4 087 067,00) a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, O fi cina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para ser destinados a atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 4 087 067,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 4 087 067,00 ========== A LA:SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 031 : Jurado Nacional de EleccionesUNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5004886 : Procesos ElectoralesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES En Soles 2.3 Bienes y Servicios 2 000 000,00 ------------------ TOTAL PLIEGO 031 2 000 000,00 ========== PLIEGO 032 : O fi cina Nacional de Procesos ElectoralesUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina Nacional de Procesos ElectoralesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0125 : “MEJORA DE LA EFICIENCIA DE LOS PROCESOS ELECTORALES E INCREMENTO DE LA PARTICIPACION POLITICA DE LA CIUDADANIA” ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Plani fi cados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 500 000,00 ----------------- TOTAL PLIEGO 032 500 000,00 ========== PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 500084 : Gestión Electoral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 1 587 067,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 033 1 587 067,00 =========== TOTAL EGRESOS 4 087 067,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General