Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2016 (22/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 22 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604807

Artículo 5.- ENCARGAR en el Hospital Nacional Arzobispo Loayza del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, los cargos que a continuación se detallan:
Nombres y Apellidos Cargo M.C. Alejandro Jefe de Constantino Chacgion Departamento Siu Au M.C. Zandra Judith Jefa de Moncada Vilela Oficina Órgano Departamento de Ginecología y Obstetricia Oficina de Gestión de la Calidad Nivel F-3 F-3

Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo.1.- ACEPTAR LA RENUNCIA presentada por el abogado José Antonio Tenorio Fernández al cargo de Asesor de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dando por concluido el encargo efectuado mediante Resolución Jefatural N° 711-2016/IGSS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la abogada Gladys María Rumaldo Gómez en el cargo de Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe Institucional Instituto de Gestión de Servicios de Salud 1455978-2

Artículo 6.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe Institucional Instituto de Gestión de Servicios de Salud 1455978-1

Designan Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 745-2016/IGSS Lima, 21 de noviembre de 2016 VISTO: El expediente N° 16-043534-001 que contiene la Carta S/N emitida por el abogado José Antonio Tenorio Fernández; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1167, que creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dispone que el Jefe Institucional mantiene entre sus atribuciones la de designación y remoción de los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, con Resolución Jefatural N° 316-2015/IGSS se designó con eficacia anticipada al 7 de julio de 2015, al señor José Antonio Tenorio Fernández en el cargo de Asesor de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, encargándosele mediante Resolución Jefatural N° 711-2016/IGSS, a partir del 1 de noviembre de 2016 y en adición a sus funciones, las funciones de Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, mediante documento de visto, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo de Asesor de la Oficina de Asesoría Jurídica a que hace referencia el considerando precedente; Que, resulta pertinente dar por aceptada la renuncia antes señalada y adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, es menester señalar que conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud ­ IGSS, aprobado por Resolución Ministerial Nº 704-2016/MINSA, el cargo de Director/a General de la Oficina de Asesoría Jurídica, está considerado como empleado de confianza; Que, con el visado de la Secretaria General y del Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones para la presentación de observaciones a la liquidación preliminar y del sustento de dichas observaciones en el Procedimiento de Fiscalización Parcial Electrónica de Tributos Internos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 303-2016/SUNAT Lima, 21 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que el último párrafo del artículo 61 del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo N.° 816 cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias, faculta a la SUNAT a realizar un procedimiento de fiscalización parcial electrónica (PFPE) conforme a lo dispuesto en el artículo 62-B, cuando compruebe, del análisis de la información proveniente de las declaraciones del propio deudor o de terceros o de los libros, registros o documentos que esta almacena, archiva y conserva en sus sistemas, que parte, uno o algunos de los elementos de la obligación tributaria no ha sido correctamente declarado por el deudor tributario; Que el precitado artículo 62-B establece que el inicio del PFPE acompañado de una liquidación preliminar, se notifica conforme al inciso b) del artículo 104 del Código Tributario y que en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil siguiente a dicha notificación, el deudor tributario debe subsanar los reparos o sustentar sus observaciones a la liquidación preliminar y de ser el caso, adjuntar la documentación que sustente dichas observaciones en la forma y condiciones que la SUNAT establezca mediante la resolución de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.