Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de octubre de 2016 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2016-RE Lima, 20 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972" fue adoptado el 7 de noviembre de 1996 en el marco de la "Reunión especial de las Partes contratantes para considerar y adoptar el Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres 1972", llevada a cabo del 28 de octubre al 8 de noviembre de 1996, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972" adoptado el 7 de noviembre de 1996 en el marco de la "Reunión especial de las Partes contratantes para considerar y adoptar el Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres 1972", llevada a cabo del 28 de octubre al 8 de noviembre de 1996, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.

CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la Trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas" fue suscrito el 25 de mayo de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la Trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas" suscrito el 25 de mayo de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1444264-4

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III)
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2016-RE Lima, 20 de octubre de 2016

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1444264-3

CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III)" fue adoptado en la Conferencia Diplomática relativa a la adopción del III Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 sobre un emblema adicional, llevada acabo del 5 al 8 de diciembre de 2005, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y suscrito por el Perú el 8 de diciembre de 2005; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III), adoptado en la Conferencia

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la Trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 229-2016-RE Lima, 20 de octubre de 2016

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