Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de octubre de 2016 /

El Peruano

que resulta necesario dejar sin efecto al haber iniciado funciones el Consejo Directivo; Que, asimismo, se delega en el/la Secretario/a General la facultad de "Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga y sus respectivas adendas, con entidades públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución", siendo conveniente precisar los alcances de la misma, teniendo en cuenta que la Secretaría General asume las facultades que le sean expresamente delegadas por la Presidencia Ejecutiva en su calidad de máxima autoridad administrativa y ejecutiva de la entidad; Que, por otro lado, mediante los literales b) y d) del artículo 2 de la acotada Resolución de Presidencia Ejecutiva, se delega en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración facultades para suscribir los contratos con las Sociedades de Auditoría, así como designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1632: Administración ­ INACAL, siendo necesario actualizar tales disposiciones en correlato con la normativa citada precedentemente; Que, con la finalidad de garantizar la adecuada gestión en materia administrativa, es necesario modificar la delegación de facultades efectuada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 005-2016-INACAL/PE, adecuándola a la antes referida normativa y atendiendo a que tal delegación se efectuó durante la vigencia de lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 178-2015-PRODUCE, que autorizó temporalmente a la Presidencia Ejecutiva del INACAL a ejercer las funciones de Presidente del Consejo Directivo de este organismo previstas en los literales b), c), d), e) y f) del artículo 14 de la Ley N° 30224, autorización que ha quedado extinguida al llevarse a cabo la primera sesión del citado Consejo Directivo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del literal c) e incorporación del literal d) en el artículo 1, y modificación del literal b) del artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 005-2016-INACAL/PE Modifíquese el literal c) e incorpórese el literal d) en el artículo 1, y modifíquese el literal b) del artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 005-2016-INACAL/PE, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Delegación de facultades en el/la Secretario/a General Delegar en el/la Secretario/a General del Instituto Nacional de Calidad, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: (...) c) Sobre acciones administrativas: - Oficializar eventos con entidades y/o instituciones públicas y/o privadas siempre y cuando no irroguen gastos a la Entidad. - Monitorear el cumplimiento de los pagos por sentencias judiciales. - Monitorear el cumplimiento a los mandatos judiciales en los términos del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, así como los mandatos expedidos por el fuero arbitral o por tribunales administrativos. - Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP. - Designar a los responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia.

- Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga, con entidades públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, las adendas respectivas, la documentación que permita su ejecución, y cualquier otro acto relacionado con los fines institucionales. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. d) En materia de tesorería: Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1632: Administración - INACAL. Artículo 2.- Delegación de facultades en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Calidad, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: (...) b) Sobre gestión de Sociedades de Auditoría: Suscribir, realizar las modificaciones y resolver los contratos a que se refieren los numerales 7.3.4 "Suscripción del Contrato", 7.3.6 "Modificación del contrato", 7.3.7 "Autorización para ampliación del período de la auditoría", y 7.3.8 "Resolución del Contrato" del acápite 7.3 "Proceso de Contratación de las Sociedades de Auditoría", de la Directiva N° 012-2015-CG-PROCAL, "Gestión de Sociedades de Auditoría", aprobada por Resolución de Contraloría N° 314-2015-CG. (...)" Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 005-2016-INACAL/PE, con excepción del literal d) del artículo 2 de dicha Resolución, que queda derogado. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a los funcionarios a quienes han sido delegadas facultades y atribuciones mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1444208-1

Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a República de Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 308-2016-IMARPE/DEC Callao, 19 de octubre de 2016 VISTO: La circular Nº Ref.: 0403-410 de fecha 25 de julio de 2016, del Director de la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT; la carta Nº AG-500-16 de fecha 07 de setiembre de 2016, de la Administradora General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP); el Memorándum Nº 539-2016-IMARPE/DGIRP de fecha 13 de setiembre de 2016, de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos; el Memorándum Nº 559-2016-OGA/IMARPE de fecha 21 de setiembre de 2016, la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 449-2016-IMARPE/ OGPP de fecha 26 de setiembre de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 326-2016-IMARPE/OGAJ de fecha 28 de setiembre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Acuerdo Nº 081-2016-CD/O, adoptado en la Décima Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del Imarpe, celebrada el 03 de octubre de 2016.

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