Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 21 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602059

CONSIDERANDO: Que, mediante Circular Nº Ref.: 0403-410 de fecha 25 de julio de 2016, el Director de la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT, convoca a la Tercera Reunión Técnica sobre el Dorado que se realizará del 25 al 27 de octubre de 2016, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, con carta Nº AG-500-16 de fecha 07 de setiembre de 2016, la Administradora General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) invita al profesional del Imarpe Edgar Josymar Torrejón Magallanes a la Tercera Reunión Técnica sobre el Dorado, organizado por la CIAT, en conjunto con el Gobierno de Panamá a través de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá y el apoyo del Centro de Desarrollo y Pesca Sustentable (CedePesca); Que, mediante Memorándum Nº 539-2016-IMARPE/ DGIRP de fecha 13 de setiembre de 2016, la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos alcanza el Informe Técnico sustentatorio del viaje del profesional Edgar Josymar Torrejón Magallanes para participar en la reunión técnica, para que se tramite la autorización correspondiente; Que, el Informe Técnico que sustenta el viaje señala que el Perú forma parte de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT) cuya finalidad es el estudio de la biología de los atunes y especies afines en el Océano Pacífico Oriental (OPO) para determinar las consecuencias de la pesca y los factores naturales sobre su abundancia; asimismo, recomienda las medidas de conservación apropiadas para que las poblaciones de peces puedan mantenerse a niveles que permitan capturas máximas sostenibles; Que, siendo el Dorado (Perico) una especie altamente migratoria es competencia de la CIAT su estudio a nivel regional, el cual incluye al Perú debido a que es una de las zonas principales de distribución y consecuentemente en nuestro país se desarrolla la pesquería más importante en términos de volumen de esta especie; Que, la reunión técnica tiene como objetivo promover en los estados miembros de la CIAT las sinergias necesarias para una investigación a escala regional del Dorado/Perico en el Océano Pacífico Oriental (OPO), prioridades para la colección de datos pesqueros del perico en el OPO, construir indicadores del estado del stock que podrían derivarse a partir de datos con poca información y que serían útiles para la administración de la pesquería de dorado/perico, planificar actividades conjuntas de investigación y mantener la participación del Perú en estas reuniones regionales; Que, durante los dos últimos años los científicos del Imarpe han sido partícipes de las dos reuniones técnicas previas sobre el dorado/perico. En esta tercera reunión técnica se presentarán las principales informaciones sobre la pesquería del recurso perico en todo el Océano Pacífico Oriental, incluyendo las capturas totales, la distribución de las capturas y las composiciones por talla de perico por país; asimismo, se discutirá sobre los avances obtenidos en las evaluaciones realizadas de manera colaborativa entre Perú, Ecuador y científicos de la CIAT; Que, el conocimiento de los temas de discusión en esta reunión, acerca del recurso perico cuya pesquería vine siendo importante en los últimos años, es de vital importancia, pues permitirá mejorar los procesos de evaluación, posibilitando efectuar recomendaciones de manejo, medidas de conservación y ordenamiento a fin de garantizar la seguridad alimentaria del país y el desarrollo nacional, en beneficio de la población peruana; Que, asimismo, en el Informe Técnico se considera que el viaje del referido profesional se encuentra dentro de la excepción del inciso a) del numeral 10.1 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016, por tratarse de acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, los gastos que irrogue la participación del profesional en el referido evento serán cubiertos por la entidad; Que, mediante Memorándum Nº 559-2016-OGA/ IMARPE de fecha 21 de setiembre de 2016, la Oficina General de Administración remite el detalle de los costos de pasajes aéreos y viáticos para el viaje del profesional,

indicando que el costo del pasaje aéreo internacional, incluido el TUUA es de $ 1,448.16 y el costo de FEE de emisión para vuelo internacionales es de S/. 330.40 y el costo de los viáticos será de $ 1,260.00 ($ 315.00 x 4 días); Que, mediante Memorándum Nº 449-2016-IMARPEOGPP de fecha 26 de setiembre de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para financiar el viaje, indicando que se ejecutará con cargo a la Meta Presupuestal (029) Investigación de Recursos Pelágicos, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios por el monto de S/. 2,806.49; Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto coincide con lo expresado en el Informe Técnico, en el sentido que la participación del referido profesional se enmarca dentro de la excepción acciones de promoción de importancia para el Perú, conforme al literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por lo que corresponde su autorización mediante resolución del Titular de la entidad; Que, mediante Informe Nº 326-2016-IMARPE/OGAJ de fecha 28 de setiembre de 2016, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable la autorización de viaje del profesional Edgar Josymar Torrejón Magallanes; toda vez que se encuentra sustentado en el interés institucional de nuestra Entidad y conforme a lo indicado por las áreas competentes, se encuentra dentro del inciso a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante Acuerdo Nº 081-2016-CD/O, el Consejo Directivo del Imarpe en su Décima Sesión Ordinaria celebrada el 03 de octubre de 2016, acuerda aprobar y autorizar el viaje, del referido profesional; Con la visación de la Secretaría General, la Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 95, Ley del Instituto del Mar del Perú (Imarpe); el Reglamento de Organización y Funciones del Imarpe, aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del profesional Edgar Josymar Torrejón Magallanes para participar en Tercera Reunión Técnica sobre el Dorado/Perico, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 25 al 27 de octubre de 2016. Artículo 2º.- La participación del profesional autorizado irrogará gastos al Estado, según el siguiente detalle: Pasajes Viáticos ($ 315.00 x 4 días) Total $. 1,546.49 $. 1,260.00 ---------------$. 2,806.49

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los profesionales autorizados presentarán al Despacho de la Dirección Ejecutiva Científica, un informe de su participación describiendo las acciones realizadas y los resultados alcanzados. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas conforme a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENATO C. GUEVARA CARRASCO Director Ejecutivo Científico Instituto del Mar del Perú IMARPE 1443984-1

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