Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2016 (26/10/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 102
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NORMAS LEGALES
Miércoles 26 de octubre de 2016 /
El Peruano
la Política II: Gobernanza de la Gestión Territorial para el Desarrollo Humanos Sostenible, para el Eje económico: "promover la inversión privada competitiva, con énfasis en economías verdes y bajas en carbono, que generen condiciones para insertarnos en los mercados mundiales emergentes, tomando en cuenta las condiciones de fragilidad propias del territorio y generando valor compartido". (iv) Con Ordenanza Regional Nº 0282014-GRSM/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, se aprueba los "Lineamientos e iniciativas de gestión que complementan la política territorial regional de San Martín" los mismos que establecen en la Política I: El Territorio y sus Potencialidades, relacionada a la zona de Producción Agropecuaria y Agrícola, el Lineamiento II: Impulsar el desarrollo sostenible de la actividad y producción agropecuaria en áreas aptas para el cultivo y ganadería, priorizando la inserción del productor al mercado competitivo regional, nacional e internacional, como Iniciativa de Gestión se establece entre otras, (-) Promover la utilización de semillas certificadas con estándar de calidad a través de programas de inversión agropecuaria sostenibles, a fin de garantizar la demanda regional y ofertar al exterior una producción de calidad. (-) Facilitar créditos agropecuarios en zonas identificadas por la ZEE para la producción agropecuaria, (-) Propiciar sinergias con instituciones financieras que facilitan préstamos agropecuarios, en el cumplimiento de los usos y recomendaciones de la ZEE, (-) Priorización de tecnología agropecuaria sostenible en zonas con aptitud agropecuaria, (-) Fomento de buenas prácticas agrícolas que permitan utilizar eficientemente los espacios físicos aptos para la actividad agropecuaria, (-) Generar condiciones adecuadas para la accesibilidad al mercado de productos agrícolas generados en la región, que obedezca a un tratamiento planificado con medidas de mitigación ambiental y migratoria, y (-) Promover la educación económica y financiera en pequeños y micro agricultores para lograr autofinanciación de sus proyectos y desarrollo independiente y sostenible de sus actividades. (v) Con Ordenanza Regional Nº 011-2014-GRSM/CR de fecha 13 de julio 2014, se aprueba los "Plan de Acción Ambiental Regional 20132021 Para San Martín, el cual considera en su Meta 4 Bosques y Cambio Climático como contribución a la Acción Estratégica Nacional para "Reducir la tasa de deforestación de bosques primarios, impulsando su conservación y aprovechamiento sostenible"; entre otras: "Reducir la tasa de deforestación de bosques primarios, promoviendo su conservación y el aprovechamiento sostenible" cuya meta al 2017 es reducir el 50% de la tasa anual promedio de deforestación de la región del período 2000-2017, y al 2021 es reducir el 100% de la tasa anual promedio de deforestación de la región del período 2000-2017. (vi) Con Ordenanza Regional Nº 022-2014-GRSM/CR de fecha 3 de setiembre de 2014, se crea el Grupo Técnico de Cambio Climático (GTECC) de San Martín, para encargarse de la elaboración de la propuesta de Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Acción. (vii) Con Ordenanza Regional Nº 023-2014-GRSM/CR de fecha 9 de diciembre de 2014, se declara de interés regional a las medidas relacionadas con la reducción de emisiones provenientes de la deforestación y degradación de los bosques y las salvaguardas ambientales y sociales que estas conllevan, creando el Comité Regional de Salvaguardas de San Martín, para garantizar la participación equilibrada de los actores en la identificación, establecimiento y reporte de las salvaguardas ambientales y sociales para la reducción de emisiones derivadas de la deforestación y degradación de bosques. (viii) Con Ordenanza Regional Nº 039-2007-GRSM/CR, de fecha 28 de diciembre del 2007, modificada por la Ordenanza Regional Nº 0262008-GRSM/CR, de fecha 11 de setiembre del 2008, se crea el Fondo de Desarrollo Amazónico para la Región San Martín FONDESAM SAN MARTIN, con la finalidad de: a) Financiar o cofinanciar Proyectos de Inversión Pública y/o inversiones público privada, Regional y Local, b) Promover la formación y constitución de empresas y unidades económicas Regionales para concertar sistemas productivos y de servicios, con o sin participación de inversiones privadas, para desarrollar actividades según su Plan de Desarrollo, bajo cualquier
modalidad empresarial o constitución o participación en fideicomisos empresariales, c) Financiar o cofinanciar estudios de preinversión a nivel de perfiles, estudios de prefactibilidad y factibilidad de las Unidades Ejecutoras Regionales y de los Gobiernos Locales de San Martín, d) Promover y facilitar el acceso al crédito a los pequeños y medianos productores de la Región que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales y que presenten proyectos rentables; pudiendo para ello garantizar los créditos otorgados por las empresas del sistema financiero nacional o instituciones financieras del exterior (IFI) a estos productores, preferentemente organizados en cadenas productivas, e) Garantizar y atender el servicio de la deuda derivada de operaciones de endeudamiento, contratadas para financiar los proyectos de inversión ahí mencionados, y f) Otras inversiones previstas en el plan de Desarrollo Regional Concertado. (ix) Con Ordenanza Regional Nº 020-2015-GRSM/CR de fecha 16 de diciembre de 2015, se aprueba el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín, estableciendo que la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible OPIPS es la unidad orgánica encargada de incentivar y apoyar las actividades del sector privado, orientadas a impulsar el desarrollo de los recursos regionales y creando los instrumentos necesarios; Que, para efectos de cumplir los compromisos asumidos por el Gobierno de la República del Perú tanto en el marco de la Declaración conjunta Perú Noruega Alemania, como en la COP 21, resulta conveniente a nivel del Gobierno Regional de San Martín adoptar el enfoque de Producción & Protección, que consiste en optimizar el uso de las tierras dedicadas a la producción agrícola maximizando el ingreso por hectárea, generando empleo y al mismo tiempo desestimulando la conversión de bosques en tierras de uso agrícola, el cual tendrá impacto en 137,000 hectáreas de tierras dedicadas a cacao, café y palma aceitera; cuya gestión enfocada en alta productividad y sostenibilidad será un aporte determinante para el cumplimiento de los compromisos asumidos por Gobierno de la República del Perú; Que, en dicho contexto, respecto de normas y disposiciones regionales se cuenta: (i) Con la Ordenanza Regional Nº 017-2015-GRSM/CR de fecha 07 de diciembre de 2015, mediante la cual se aprueba el "Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021"; el mismo que en su análisis prospectivo considera seis componentes, entre ellos el componente 4: "Economía diversificada, competitividad y empleo"; y el componente 6: "Ambiente, diversidad biológica y gestión del riesgo de desastres", y entre los "valores apuesta" para los objetivos del componente 4: Economía diversificada, competitividad y empleo, se encuentra la tasa de crecimiento del valor agregado bruto regional con un valor de 0.66% para la línea de base en el año 2013, y un valor de 4.54% para la meta al 2021, teniendo como acciones estratégicas: (-) Orientar el desarrollo de la actividad productiva en base a las Políticas territoriales y ZEE, (-) promover el crecimiento del mercado interno y el acceso a mercados externos a través de la generación de nexos comerciales de los principales productos de la Región. (ii) Con la Ordenanza Regional Nº 0252014-GRSM/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, mediante la cual se aprueba la Política de Promoción de Inversiones en la Región San Martín, que fomenta las inversiones inclusivas, sostenibles y competitivas para el desarrollo regional respetando los lineamientos de la Política Territorial, determina entre las políticas específicas para atracción de inversionistas: "Generar condiciones y facilitación para la atracción de inversión privada inclusiva y sostenible" mediante la promoción de una marca región y Marketing focalizado. (iii) Con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 240-2016-GRSM/ GR de fecha 13 de abril de 2016, mediante la cual se conforma el Comité para promover y liderar la "Marca San Martín", que cuenta con una Secretaría Técnica presidida por OPIPS y conformada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Económico, Autoridad Regional Ambiental, Proyecto