Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2016 (24/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de setiembre de 2016 /

El Peruano

VISTOS: El Memorándum N° 592-2016-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Oficio N° 2200-2016-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo y el Informe N° 2780-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30036, Ley que regula el Teletrabajo, tiene por objeto regular el teletrabajo, como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo; Que, conforme a lo establecido en la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Sector es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, en materia de información laboral e información del mercado de trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral; Que, asimismo, el literal g) del artículo 64 del Decreto Supremo N° 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que la Dirección General de Promoción del Empleo tiene, entre otras funciones, desarrollar mecanismos de coordinación, articulación, cooperación y otros para la implementación y control de políticas, planes, programas, proyectos y normas nacionales y sectoriales en materias de promoción del empleo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30036, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2015-TR, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y los gobiernos regionales desarrollan actividades de difusión de la normativa aplicable al teletrabajo, así como de promoción para su progresiva implementación en el ámbito privado, brindando servicios de información, orientación y asesoría; Que, mediante documento de vistos, la Dirección General de Promoción del Empleo, solicita la oficialización del evento denominado "REUNIÓN TÉCNICA EMPRESARIAL E INAUGURACIÓN DEL PRIMER SERVICIO DESCENTRALIZADO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN SOBRE TELETRABAJO", el cual se llevará a cabo el día 26 de setiembre del 2016 en la ciudad de Chiclayo de la Región Lambayeque; con el objeto de promover el Teletrabajo en la Región Lambayeque e inaugurar el Primer Servicio Descentralizado de Información y Orientación sobre Teletrabajo, a fin de fomentar la adopción de esta nueva modalidad como un instrumento para la mejora de la productividad y para la inclusión laboral de la población, preferentemente vulnerable; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto de administración interna que otorgue carácter oficial al referido evento; el mismo que cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 2888, expedido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar carácter oficial al evento denominado "REUNIÓN TÉCNICA EMPRESARIAL E INAUGURACIÓN DEL PRIMER SERVICIO DESCENTRALIZADO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN SOBRE TELETRABAJO", organizado por la Dirección General de Promoción del Empleo, a realizarse el día 26 de setiembre del 2016 en la ciudad de Chiclayo de la Región Lambayeque. Artículo 2.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), para su puesta en conocimiento a nivel nacional, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1433173-2

Autorizan viaje de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2016-TR Lima, 23 de setiembre de 2016 VISTOS: La Carta s/n de fecha 1 de agosto de 2016, de la Dirección para Educación y Habilidades de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Oficio N° 1873-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Oficio N° 813-2016-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe N° 2766-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 1 de agosto de 2016, la Dirección de Educación y Habilidades de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), invita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para asistir al "Tercer Taller de Aprendizaje de Pares de los Equipos Nacionales Pertenecientes a la Estrategia para las Competencias" y a la "19° Reunión del Grupo Consultor de las Estrategias para las Competencias de la OCDE", a realizarse el 3 y 4 de octubre de 2016, en la ciudad de Paris, República Francesa; Que, el Tercer Taller de Aprendizaje de Pares de los Equipos Nacionales Pertenecientes a la Estrategia para las Competencias, es una oportunidad para que los equipos participen en un intercambio de ideas abierto, a fin de aprender de las experiencias de aplicación del marco de las estrategias para las Competencias de la OCDE en sus respectivos países. Este Taller tendrá como finalidad construir conocimientos más profundos sobre la dinámica de los desafíos específicos de las competencias y sobre la manera de fortalecer los sistemas nacionales de competencias; Que, la 19° Reunión del Grupo Consultor de las Estrategias para las Competencias de la OCDE, busca beneficiar a los participantes con las recomendaciones del Grupo Consultor, para una mejor implementación de las estrategias de competencias a nivel país; Que, la participación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en las referidas actividades, se realiza en estricto cumplimiento de las actividades que conforman el compromiso sectorial establecido en el marco del Programa País Perú-OCDE, las cuales fueron

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