Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 27 de abril de 2017

NORMAS LEGALES
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refieren, por ejemplo, que las mujeres envían remesas con una frecuencia levemente mayor que los hombres y lo dirigen tanto a su familia nuclear como a la familia ampliada. Asimismo, son las mujeres las principales receptoras de estas remesas. Estos dos aspectos influyen en que el uso de las mismas este principalmente dirigido a cubrir los gastos básicos de alimentación, salud y educación. En ese escenario, el envío y uso de remesas se relacionan con las dinámicas de la reorganización social de los cuidados en las familias migrantes y pasan a constituirse en una fuente importante de provisión de cuidados reproductivos que no son suficientemente asegurados por el Estado43. En última instancia, hay dos espacios que son fundamentales para la protección y defensa de derechos y para la promoción de mecanismos que faciliten la inclusión y desarrollo de la comunidad peruana que reside en el exterior: la gestión de fronteras y los mecanismos de consulta, cooperación y diálogo regional especializados en materia migratoria. La realidad peruana demuestra que existe una alta movilidad en zonas de frontera debido a los estrechos lazos históricos, étnicos y culturales, así como, familiares, sociales y comerciales entre los pueblos allí asentados. No obstante, la gestión de estas zonas presenta serias

limitaciones de recursos humanos y de capital . Es por ello, que nuestra Política Nacional Migratoria debe concebir a las fronteras como espacios de integración y desarrollo, pues su manejo es determinante tanto para el sistema de control de seguridad nacional como para la integración con Estados limítrofes, en la medida en que hay grandes flujos de personas que ingresan y salen de nuestro territorio. En ese contexto, es importante la generación y/o consolidación de políticas binacionales coordinadas que faciliten la interrelación de fronteras y, en última instancia, permitan atender las necesidades de los y las connacionales en condición de migrantes y sus familiares. Lo mismo en relación a los bloques regionales donde se evidencia la presencia de peruanos y peruanas. 1.4.4.2.3 Problemática de peruanos y peruanas que retornan del exterior De acuerdo a información del INEI, entre el año 2000 y el 2014, han retornado al Perú un total de 276,449 connacionales; de los cuales, 28 531 personas lo hicieron entre los años 2012 y 2014, periodo en el que se registra un incremento del 15% respecto del flujo de retorno registrado hasta el 2011.

GRÁFICO N° 6

Fuente: INEI, MIGRACIONES, OIM: 2013. Cabe precisar que, de ese número, el 54.9 % son mujeres y el 45.1%, hombres (OIM 2012: 111). Se debe tener presente también que, en relación a la edad, los hombres que retornan en mayor porcentaje corresponden a los rangos de 0 a 14 y de 15 a 29 años de edad. Para las mujeres, el rango se encuentra entre los 30 a 64 años de edad (INEI 2011: 76). Por otro lado, cuando se analizan las ocupaciones por sexo, se aprecia que la mayoría de mujeres que retornan son amas de casa (23,3%); estudiantes (21,5%); empleadas de oficina y mujeres profesionales (cada una con 10,4%). Para el caso de los hombres retornantes, el 25,7% del total son estudiantes; el 15,9% son empleados de oficina; el 15,7% son trabajadores de servicios, vendedores de comercio y mercado; el 10,4% son profesionales, científicos e intelectuales; y, el 8,0% son técnicos y profesionales de nivel medio (INEI 2011:81). Esta información es sumamente importante para potencializar los sistemas de reinserción de personas retornantes, tanto en términos laborales, educativos y de salud (por ejemplo, tener en cuenta el costo para la salud mental en relación a la readaptación de familias trasnacionales). El principal problema de las y los connacionales que retornan, ya sea de manera voluntaria o forzada, está asociado a su adecuada recepción y a la efectiva reintegración en nuestra sociedad. El Estado peruano aprobó la Ley N° 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, que brinda facilidades para el regreso y la reinstalación en el Perú de la población que retorna, en especial de quienes han sido afectados severamente por la crisis económica internacional y que han sufrido el endurecimiento de las políticas migratorias en algunos países y se ven forzados o forzadas a retornar al país. En ese marco, el Estado busca consolidar un sistema que garantice que el retorno se concrete de manera planificada y con oportunidades de trabajo o de generación de emprendimientos concretos. Esta ley se fundamenta en el hecho de que una adecuada política migratoria debe considerar las sinergias entre la migración y el desarrollo a fin de convertir a aquella en un instrumento de cambio y lucha contra la pobreza. En ese marco, por ejemplo, se propuso dirigir los aportes financieros individuales de las personas retornantes a áreas productivas que contribuyan a generar empleo y que puedan propiciar una mejor captación de recursos en el área de la investigación, ciencia y tecnología; y, reconoció la utilidad del aprovechamiento de las experiencias y capacidades técnicas que la población retornante pueden aportar. Por ello, se promovía la utilización de las capacidades adquiridas en el exterior para volcarlas en beneficio de estos y estas migrantes, sus familias y la

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Para profundizar sobre estos temas se sugiere consultar: ARTEAGA 201; CASTILLO 2013; CEPAL 205; CISEPA 2012; HERRERA 2011; INEI 2012; ONU MUJER 2013. Organización Internacional para las Migraciones (OIM) (2012), "Gestión Fronteriza integral en la subregión andina", Módulo I: Gestión de Fronteras, págs. 9-10.

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