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41 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2017 El Peruano / constituye una herramienta que facilita la tramitación de los referidos procedimientos administrativos, así como el procesamiento y sistematización de la información presentada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en la Ley Nº.30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIVENDA; en el Decreto Supremo Nº 015-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento para el Reaprovechamiento de los Lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos Aprúebese el aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos, a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Implementación progresiva del aplicativo virtual En un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implementa en su integridad el aplicativo virtual para la tramitación de los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos. Durante el proceso de implementación del aplicativo virtual aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, los administrados pueden presentar su solicitud virtual para el inicio de los procedimientos administrativos relacionados con el Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos, a través de la plataforma virtual de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (http://nike.vivienda.gob.pe/sica/Modulos/ServiciosEnLineaDGAA.aspx). Una vez implementado en su integridad el aplicativo virtual, los administrados pueden acceder a los procedimientos administrativos relacionados con el Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos desde la presentación de su solicitud hasta la conclusión del procedimiento administrativo. Sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales. SEGUNDA.- Comunicación y difusión del uso del aplicativo virtual La Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implementa una estrategia de comunicación y difusión sobre el uso del aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1555225-2Aprueban el Plan de Implementación del Programa “ Agua Segura para Lima y Callao” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2017-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2017VISTOS: el Memorando N° 07-2017-VIVIENDA- VMCS/PASLC de la Dirección Ejecutiva del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”, el Informe Nº 387-2017-VIVIENDA-OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización y el Memorando N° 1337-2017-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, se crea el Programa “Agua Segura para Lima y Callao”, con el objeto de gestionar proyectos de inversión en agua y saneamiento en el ámbito de responsabilidad de la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima Sociedad Anónima - SEDAPAL, con la fi nalidad de cerrar la brecha de infraestructura en agua y saneamiento; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”, posteriormente a la aprobación del Manual de Operaciones; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 242-2017-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”; Que, con Memorando N° 07-2017-VIVIENDA-VMCS/ PASLC, la Dirección Ejecutiva del Programa “Agua Segura para Lima y Callao” presenta a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto el proyecto del Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”; Que, con el Memorando N° 1337-2017-VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 387-2017-VIVIENDA-OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, a través del cual emite opinión favorable al proyecto del Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que apruebe el Plan de Implementación del “Programa Agua Segura para Lima y Callao”; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 008 -2017-VIVIENDA, Decreto Supremo que crea el Programa “Agua Segura para Lima y Callao; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1555225-3