Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

41

constituye una herramienta que facilita la tramitación de los referidos procedimientos administrativos, así como el procesamiento y sistematización de la información presentada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en la Ley Nº.30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIVENDA; en el Decreto Supremo Nº 015-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento para el Reaprovechamiento de los Lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos Aprúebese el aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos, a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.Implementación progresiva del aplicativo virtual En un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implementa en su integridad el aplicativo virtual para la tramitación de los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos. Durante el proceso de implementación del aplicativo virtual aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, los administrados pueden presentar su solicitud virtual para el inicio de los procedimientos administrativos relacionados con el Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos, a través de la plataforma virtual de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (http://nike.vivienda.gob.pe/sica/Modulos/ ServiciosEnLineaDGAA.aspx). Una vez implementado en su integridad el aplicativo virtual, los administrados pueden acceder a los procedimientos administrativos relacionados con el Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos desde la presentación de su solicitud hasta la conclusión del procedimiento administrativo. Sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales. SEGUNDA.- Comunicación y difusión del uso del aplicativo virtual La Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implementa una estrategia de comunicación y difusión sobre el uso del aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1555225-2

Aprueban el Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2017-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2017 VISTOS: el Memorando N° 07-2017-VIVIENDAVMCS/PASLC de la Dirección Ejecutiva del Programa "Agua Segura para Lima y Callao", el Informe Nº 387-2017-VIVIENDA-OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización y el Memorando N° 1337-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, se crea el Programa "Agua Segura para Lima y Callao", con el objeto de gestionar proyectos de inversión en agua y saneamiento en el ámbito de responsabilidad de la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima Sociedad Anónima - SEDAPAL, con la finalidad de cerrar la brecha de infraestructura en agua y saneamiento; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao", posteriormente a la aprobación del Manual de Operaciones; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 242-2017-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa "Agua Segura para Lima y Callao"; Que, con Memorando N° 07-2017-VIVIENDA-VMCS/ PASLC, la Dirección Ejecutiva del Programa "Agua Segura para Lima y Callao" presenta a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el proyecto del Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao"; Que, con el Memorando N° 1337-2017-VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 387-2017-VIVIENDA-OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, a través del cual emite opinión favorable al proyecto del Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao"; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que apruebe el Plan de Implementación del "Programa Agua Segura para Lima y Callao"; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, Decreto Supremo que crea el Programa "Agua Segura para Lima y Callao; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao", en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1555225-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.