Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2017 (31/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de agosto de 2017 /

El Peruano

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación la apertura de una (01) oficina especial según el siguiente detalle:
Oficina Especial Municipalidad Provincial de Arequipa Dirección Calle El Filtro N° 501 Distrito Arequipa Provincia Departamento Arequipa Arequipa

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: La Carta s/n y Cartas Nros. 005, 006 y 007-DB-2017 recibidas el 18 de mayo, 12 de julio, 25 de julio y 09 de agosto de 2017, respectivamente, mediante la cual Panez, Ishida, Faesa Consultores y Asesores de Empresas S.A., Empresa Liquidadora del Deutsche Bank (Perú) S.A. en Liquidación, adelante DBPERUL, presenta el Informe Final de Cierre del Proceso Liquidatorio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 3722-2016, del 06 de julio de 2016, se autorizó la disolución voluntaria y posterior inicio del proceso liquidatorio de DBPERUL, en atención al acuerdo adoptado el 19 de mayo de 2016 por la Junta General de Accionistas de DBPERUL; Que, el Balance General de DBPERUL al 12 de julio de 2016, registró activos por S/ 177 305 291,38 (Ciento Setenta y Siete Millones Trescientos Cinco Mil Doscientos Noventa y Uno y 38/100 Soles), pasivos por S/ 11 539 121,69 (Once Millones Quinientos Treinta y Nueve Mil Ciento Veintiún y 69/100 Soles), y un patrimonio de S/ 165 766 169,69 (Ciento Sesenta y Cinco Millones Setecientos Sesenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Nueve y 69/100 Soles); Que, al Inicio del proceso liquidatorio las cuentas por cobrar ascendían a S/ 19 275 373,25 (Diecinueve Millones Doscientos Setenta y Cinco Mil Trescientos Setenta y Tres y 25/100 Soles), habiéndose cobrado el monto de S/ 4 016 930,25 (Cuatro Millones Dieciséis Mil Novecientos Treinta y 25/100 Soles) a las empresas del grupo Deutsche Bank Aktiengesellschaft London y Deutsche Bank AG de Alemania, por concepto de adeudos que mantenían pendiente de devolución al DBPERUL. Con relación al saldo de S/ 15 258 443,00 (Quince Millones Doscientos Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres y 00/100 soles), que correspondía a la Cuenta por Cobrar proveniente de la solicitud de Devolución de Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y multas, presentado ante la SUNAT, (capital de S/ 15 076 122,00 e intereses por S/ 182 321,00), DBPERUL ha cedido dicha acreencia (capital) a su matriz, la empresa Deutsche Bank AG de Alemania (DBAG), haciendo constar dicho acuerdo en el Libro de la Junta Universal de Accionistas de DBPERUL de fecha 27 de junio de 2017. Finalmente, con relación a los intereses correspondientes a S/ 182 321,00 (Ciento Ochenta y Dos Mil Trescientos Veintiuno y 00/100 soles), éstos fueron aplicados a Resultados del Ejercicio 2017; Que, durante el proceso liquidatorio se realizó la venta de los bienes muebles y equipos de cómputo recibidos en condición de realizable, por un monto de US$ 114 126,00; igualmente, se realizaron actividades de saneamiento en las partidas registradas como impuesto diferido que, al no aplicarse, fue castigado y transferido a Resultados del ejercicio. En relación al impuesto corriente con saldos al final del proceso liquidatorio, de S/ 5 947 827,00, conformado por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta 2016 (S/ 5 412 900,00) y del Impuesto Temporal a los Activos Netos ­ ITAN 2016 (S/ 534 927,00), fueron realizados en la siguiente manera: i) el primero, por el orden de S/ 5 412 900,00 es cedido igualmente a su matriz, empresa DBAG, operación que fue aprobada mediante acuerdo de Junta Universal de Accionistas de DBPERUL, y ii) en el caso del ITAN 2016, mediante Resolución de Intendencia Nº 012-180-0013726/SUNAT, la SUNAT procedió a devolver el importe de S/ 534 927,00; Que, la Empresa Liquidadora, cumplió con el pago y/o saneamiento de todos los pasivos que se encontraban registrados en: Otras obligaciones por S/ 6 343,91 (Seis Mil Trescientos Cuarenta y Tres y 91/100 Soles), Cuentas por pagar por S/ 10 595 823,18 (Diez Millones Quinientos Noventa y Cinco Mil Ochocientos Veintitrés y 18/100 Soles), y Otros Pasivos por S/ 936 954,60 (Novecientos

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1559705-1

Autorizan a Scotiabank Perú el cierre de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 3351-2017 Lima, 23 de agosto de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice el cierre de una (01) agencia, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a Scotiabank Perú el cierre de una (01) agencia, ubicada en la Avenida César Vallejo N° 611619, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1559671-1

Dan por concluido el proceso de liquidación voluntaria del Deutsche Bank (Perú) S.A. en Liquidación
RESOLUCIÓN SBS Nº 3371-2017 Lima, 23 de agosto de 2017

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