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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (31/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 El Peruano / Artículo Tercero.- Conformar el Equipo Multisectorial, que abordará las intervenciones efectivas y los nudos críticos, para la consecución de las metas aprobadas, en función del derecho de los niños y niñas de la Región de Tumbes, dicho Equipo, se reunirá como mínimo una vez al mes y estará conformado por las siguientes autoridades: 1. Gerente General Regional - Presidente del Equipo Multisectorial 2. Gerente Regional de Desarrollo Social - Vicepresidente del Equipo Multisectorial3. Director Regional de Salud de Tumbes - Secretario del Equipo Multisectorial4. Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Miembro del Equipo Multisectorial5. Director Regional de Educación de Tumbes - Miembro del Equipo Multisectorial6. Coordinador de Enlace de MIDIS - Miembro del Equipo Multisectorial7. Coordinador de la Mesa de Coordinación de Lucha Contra la Pobreza - Miembro del Equipo Multisectorial8. Jefe de la Unidad Descentralizada Regional de SIS - Miembro del Equipo Multisectorial9. Jefe de la Unidad Territorial de la RENIEC - Miembro del Equipo Multisectorial10. Coordinar del PNSR PP083 Tumbes - Miembro del Equipo Multisectorial11. Jefe de la Unidad Territorial del Programa Social JUNTOS - Miembro del Equipo Multisectorial12. Jefe de la Unidad Territorial del Programa Nacional Cuna Mas - Miembro del Equipo Multisectorial13. Jefe de la Unidad Territorial del Programa Social Qaliwarma - Miembro del Equipo Multisectorial14. Jefe de la Unidad Territorial de FONCODES (HakuWiñay) - Miembro del Equipo Multisectorial15. Residente SIGA – MEF - Miembro del Equipo Multisectorial16. Coordinador Territorial del FED – MIDIS - Miembro del Equipo Multisectorial Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General Regional que en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Salud de Tumbes, elaboren y aprueben los documentos de gestión que correspondan para las acciones de intervención efectiva, para la reducción de anemia y la desnutrición crónica infantil. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección Regional de Salud de Tumbes, disponga a las Direcciones de las Redes de Salud, incorporen las Metas Regionales Multianuales y la Meta de los paquetes Integrados de Atención de Alcance Regional al 2021, aprobadas con la presente Ordenanza Regional, en Planes y Programas relacionados con la Anemia y Desnutrición Crónica Infantil. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, diario de mayor circulación regional, disponiéndose además su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes. En Tumbes, a los 13 días del mes de julio del año dos mil diecisiete. LIZ YAQUELINE CAMPOS FEIJÓO Consejera Regional POR TANTO Mando se registre, publique, cumpla y archívese. Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes, el 2 de agosto de 2017 RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador 1559660-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban proyectos de regularización de habilitación urbana ejecutada de lote único de terrenos, ubicados en la provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 216-2017-MML-GDU-SPHU Lima, 20 de julio de 2017LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 161660-2017 de fecha 16 de junio de 2017, seguido por la empresa INMOBILIARIA VADACLARIDA S.A., debidamente representada por su Gerente General el Sr. Oscar Vexelman Tendler, según poder inscrito en la Partida Nº 00980617 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima (en adelante la administrada), por el que solicita la Aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Industria Liviana – I2, del terreno de 2,792.50 m 2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 40058931 del Registro de la Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima; y, CONSIDERANDO Que, mediante Expediente Nº 161660-2017 de fecha 16 de junio de 2017, la administrada solicita la Aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Industria Liviana – I2 del terreno de 2,792.50 m 2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 40058931 del Registro de la Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima; Que, con Informe Nº 207-2017-MML-GDU-SPHU- DCO de fecha 17 de julio de 2017, emitido por la División de Control de Obras de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se mani fi esta que en el presente procedimiento se ha veri fi cado el cumplimiento de los requisitos, y de los Planes Urbanos en lo referente a zoni fi cación, vías y aportes reglamentarios contenidos en las Ordenanzas Nº 893-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML, respectivamente, a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edi fi caciones – RNE, la Ley Nº 29090 y el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, concordante con el TUPA vigente; en consecuencia se debe emitir la Resolución con la cual se Apruebe de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-2017-MML-GDU-SPHU, los Proyectos de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Industria Liviana – I2, del terreno de 2,792.50 m 2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 40058931 del Registro de la Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima; se Autorice a la empresa INMOBILIARIA VADACLARIDA S.A., para ejecutar en un plazo de seis (06) meses, las obras de pavimentación y de la reubicación del cerco perimétrico frontal dentro del área útil resultante, conforme al proyecto que se aprueba, debiendo ejecutarse conforme al plano que se aprueba y que formará parte de la presente Resolución; se acepte la redención en dinero de los dé fi cit de aportes reglamentarios, quedando como carga inscrita en los registros públicos la reserva del Lote Único, como garantía del pago. Además se deberá precisar que la presente Aprobación no autoriza la Construcción Simultánea ni la Venta Garantizada;